Proyectos Investigación: Ayudas
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Identificación

SERIE:
00475 Proyectos Investigación: Ayudas

FUNCIÓN:
05.01. Ciencia y tecnología. Investigación y desarrollo

Descripción

OBJETO:
Aprobar proyectos de investigación en diversas áreas: ciencias básicas, ciencias médicas, ciencias agrarias, ciencias sociales y humanas, ingeniería y tecnología. Se podrán realizar tanto en España como en el extranjero.
Desde 2003, además de la convocatoria general de proyectos, se realizaron convocatorias específicas de proyectos en líneas prioritarias y proyectos multidisciplinares. Se considera oportuno su archivo conjunto.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. Dirección General de Investigación e Innovación. Servicio de Gestión de la Investigación e Innovación Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Decreto 88/1983 de 6 de octubre de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Consejo Asesor de Investigación (CONAI).
• Orden de 26 de julio de 2005, del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se convocan para el año 2005 subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigacion en líneas prioritarias.
• Decreto 119/2005, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior
• Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior
• Decreto 148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación y sociedad de la información.
• Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se convocan, para el año 2009, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de grupos de investigación

TRÁMITE:
Convocatoria pública (Se publica en BOA).
Presentación de la solicitud por el centro junto con la documentación.
Evaluación por parte del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
Resolución del Director General de Investigación o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
Aceptación de la ayuda.
Recursos administrativos.
Presentación de la documentación justificativa.
Pago de la ayuda.
Reintegros, en su caso.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
- Solicitud, con la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de la identificación fiscal del solicitante (CIF), así como, en su caso, de su representante (NIF).
b) Cuando el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro correspondiente cuando ésta sea exigible.
c) Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación de este último.
d) Relación del personal investigador participante.
e) Ficha de Terceros, cumplimentada y sellada por la entidad bancaria.
f) Compromiso de la empresa con la realización del proyecto.
g) Memoria descriptiva de la actuación, presupuesto, utilización del equipo, etc.
- Evaluación por parte del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
- Resolución del Director General de Investigación o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
- Aceptación de la ayuda.
- Recursos administrativos.
- Justificación:
a) Escrito de presentación de la documentación justificativa, bajo responsabilidad del declarante, por parte del representante legal del centro.
b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, con los justificantes de los gastos y los pagos.
c) Memoria intermedia y memoria final del proyecto.

FECHA INICIAL:
1984

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Conservación permanente: Solicitud y documentación relativa a los participantes en el proyecto; informes de seguimiento para realizar certificados de pertenencia a proyecto.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
19960328 // 20160602

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/649/2016, de 16 de junio, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/07/2016)

• Orden de 30 de abril de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 06/05/1996).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
19960328
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20160523

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