Programa de Control de Identificación Animal y Registro
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Identificación

SERIE:
01031 Programa de Control de Identificación Animal y Registro

FUNCIÓN:
04.02. Agricultura, ganadería y alimentación. Producción y sanidad animal

Descripción

OBJETO:
Establecimiento de las bases de los sistemas de trazabilidad de los animales de las especies ganaderas y sus productos con el fin de garantizar el funcionamiento de las redes de epidemiovigilancia, la mejora de la sanidad animal, la salubridad de los alimentos y la información a los consumidores.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación. Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación. Sección de Ganadería y Control Agroalimentario Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
IDENTIFICACIÓN DE VACUNO:
• Reglamento (CE) nº 820/1997, del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno.
• Reglamento (CE) nº 2629/1997, de la Comisión, de 29 de diciembre de 1997, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 820/1997, del Consejo, en lo que respecta a las marcas auriculares, los registros de las explotaciones y los pasaportes en el marco del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
• Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
• Reglamento (CE) nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 820/97 del Consejo.
• Reglamento (CE) 1082/2003 por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al nivel mínimo de controles que deben realizarse en el marco del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
• Reglamento (CE) nº 911/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las marcas auriculares, los pasaportes y los registros de las explotaciones.
• Decisión 2006/28/CE de la Comisión, de 18 de enero de 2006, relativa a la ampliación del plazo máximo para la colocación de marcas auriculares en determinados animales de la especie bovina.
• Real Decreto 1835/2008, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
IDENTIFICACIÓN APÍCOLA:
• Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, que establece normas de ordenación de explotaciones apícolas.
• Decreto 5/2005, de 11 de enero, por el que se aprueban normas adicionales sobre la ordenación de explotaciones apícolas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
IDENTIFICACIÓN DE OVINO:
• Real Decreto 205/1996, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, ovina y caprina.
• Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo de 17 de diciembre de 2003 por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina y se modifica el Reglamento (CE) nº 1782/2003 y las Directivas 92/102/CEE y 64/432/CEE.
• Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
• Real Decreto 1312/2005 por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.
• Orden APA/398/2006, por la que se modifica el Anexo I del Real Decreto 947/2005.
• Reglamento (CE) nº 1505/2006 de la Comisión de 11 de octubre de 2006 por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo en lo que se refiere a los controles mínimos que deben llevarse a cabo en relación con la identificación y el registro de los animales de las especies ovina y caprina.
• Real Decreto 1227/2006, de 27 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.
• Reglamento (CE) nº 1560/2007 del Consejo, de 17 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 21/2004 en lo que se refiere a la fecha de introducción de la identificación electrónica de animales de las especies ovina y caprina.
• Orden APA/38/2008, de 17 de enero, por la que se modifican determinadas fechas del Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece el sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
• Reglamento (CE) nº 759/2009 de la Comisión de 19 de agosto de 2009 por el que se modifica el anexo del Reglamento (CE) nº 21/2004 del Consejo, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
• Real Decreto 1486/2009, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
IDENTIFICACIÓN DE PORCINO:
• Directiva 92/102/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, relativa a la identificación y al registro de animales.
• Real Decreto 225/1994, de 14 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de animales de las especies bovina y porcina.
• Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina.
• Directiva 2008/71/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, relativa a la identificación y al registro de cerdos.
IDENTIFICACIÓN DE EQUINO:
• Directiva 90/426/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los movimientos de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros.
• Directiva 90/427/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan los intercambios intracomunitarios de équidos.
• Decisión 93/623/CEE de la Comisión de 20 de octubre de 1993 por la que se establece el documento de identificación (pasaporte) que ha de acompañar a los équidos registrados.
• Decisión 2000/68/CE de la Comisión de 22 de diciembre de 1999 por la que se modifica la Decisión 93/623/CEE de la Comisión y se regula la identificación de los équidos de crianza y de renta.
• Reglamento (CE) nº 504/2008 de la Comisión de 6 de junio de 2008 por el que se aplican las Directivas 90/426/CEE y 90/427/CEE por lo que se refiere a los métodos de identificación de los équidos.
• Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.
REGISTRO DE EXPLOTACIONES, ANIMALES Y MOVIMIENTOS:
• Orden APA/3164/2002, de 11 de diciembre, por la que se establece y regula la base de datos informatizada Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Movimientos de los Porcinos (SIMOPORC).
• Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
• Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
• Orden ARM/687/2009, de 11 de marzo, por la que se modifica el anexo XI del Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
•Reglamento (CE) nº 599/2004 de la Comisión de 30 de marzo de 2004 relativo a la adopción de un modelo armonizado de certificado y de acta de inspección para los intercambios intracomunitarios de animales y productos de origen animal.

TRÁMITE:
Visitas de control de identificación animal para comprobar los datos introducidos en la base de datos de identificación animal. En cada visita de control de identificación, se levantará un acta específica. Todas las inspecciones realizadas sobre el terreno se graban en REGA (Registro general de explotaciones ganaderas). El control se realiza a dos niveles:
1º administrativo, que consiste en la realización de chequeos comunes con el fin de comprobar la coherencia de la información introducida en las diferentes bases de datos;
2º sobre el terreno, que se trata de actuaciones específicas, a reflejar en el acta de control.
Además existen otras bases de datos complementarias como son REMO (Registro de Movimientos), SIRENTRA (Registro de Transportistas de Animales), RIIA (Registro de Identificación Individual de Animales), TRACES (Sistema Intracomunitario de animales de abastos). Todas son bases de datos nacionales salvo TRACES, que es para la Comunidad Europea.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Actas de Inspección, con su sanción si procede. Informes. Informe final.

FECHA INICIAL:
2001

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

PLAZO DE EXPURGO:
5 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
A contar desde el fin del programa

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 15/03/2010).

OBSERVACIONES:
Las estructuras de las bases de datos involucradas en la identificación y registro de los animales se basa en (1) el Sistema de Trazabilidad Animal (SITRAN), constituido a su vez por el Registro de Explotaciones Ganaderas, REGA, el Registro de Movimientos de Animales, REMO, y el Registro de Identificación Individual de Animales, RIIA; (2) el sistema TRACES (Trade Control and Expert System) para el registro y expedición de certificados intracomunitarios de movimiento de animales (base de datos de ámbito comunitario); y (3) SIRENTRA, Registro de Transportistas y Vehículos de Transporte de Animales.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100212

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