Identificación
SERIE:
01016 Aumento del Valor Añadido (Industrias Agroalimentarias): Ayudas
FUNCIÓN:
04.04.01. Agricultura, ganadería y alimentación. Sector agroalimentario. Industrias agroalimentarias
Descripción
OBJETO:
Fomento de las inversiones materiales e inmateriales que realicen las industrias agroalimentarias, para que contribuyan a aumentar el valor
añadido de los productos agrícolas.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación. Servicio Provincial de Agricultura y
Alimentación. Sección de Fomento Agroalimentario Ver evolución del
organismo
LEGISLACIÓN:
• Reglamento (CE) nº 1.698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
• Orden de 16 de febrero de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de aumento del valor añadido de los productos agrícolas (industrias agroalimentarias),
en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2007-2013.
• Orden de 15 de octubre de 2008, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de aumento del valor añadido de los productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco
del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2007-2013, para el año 2009.
TRÁMITE:
Presentación de la solicitud de subvención y documentación
aneja. Los técnicos del Servicio Provincial instruyen la solicitud. Evaluación de la solicitud según los criterios establecidos en la normativa (si es necesario, actúa la Comisión de Valoración). Resuelve el director general de Fomento
Agroalimentario. Se notifica al interesado, que debe manifestar la aceptación de la ayuda. Justificación de las subvenciones.
VIGENCIA:
Serie
abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud, con declaración de la entidad sobre las subvenciones solicitadas, aprobadas y recibidas de otras administraciones
públicas para los mismos fines, impreso de inversión normalizado donde se recojan las características técnicas, económico-financieras, social y comercial del proyecto de inversión y presupuesto detallado, documentación que acredite el cumplimiento
de las normas en materia de medio ambiente, cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, modelo de declaración relativa a la condición de PYME, justificación documental de la disponibilidad de los terrenos, en su caso y calificación urbanística,
solicitud o licencia de obras, facturas proforma de los bienes o equipos a adquirir. Informe. Resolución. Notificaciones. Justificantes (declaración de las actividades realizadas y su coste, gastos desglosados, justificante del gasto acompañado de
los del pago y declaración del beneficiario de no haber obtenido o estar pendiente de obtener otra ayuda que sea incompatible con la subvención concedida).
FECHA INICIAL:
2001
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
10 El plazo de expurgo se cuenta a partir de la
liquidación y aprobación final años
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Expurgo a partir de la aprobación del documento comunitario (Docu).
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010,
del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA
15/03/2010)
OBSERVACIONES:
1. Puede haber demora en la ejecución de las inversiones (hasta 2 años).
2. Pueden ser objeto de ayuda planes plurianuales (2 años).
3. Esta serie tiene como antecedente el tipo documental Ayudas a las Industrias Agroalimentarias, de acuerdo con los planes 1994-1999 y 2000-2006.
4.-Los Documentos Comunitarios de Programación (a los que poertenece esta serie) 2007-2013, están pendientes de liquidación y aprobación final, por lo que todavía no pueden ser destruidos
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100212