Trazabilidad: Ayudas
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Identificación

SERIE:
01025 Trazabilidad: Ayudas

FUNCIÓN:
04.04.03. Agricultura, ganadería y alimentación. Sector agroalimentario. Seguridad agroalimentaria

Descripción

OBJETO:
Concesión de ayudas destinadas al establecimiento de las medidas necesarias para facilitar la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en las entidades asociativas del sector hortofrutícola descritas en la normativa. Se subvencionan los gastos por asistencia técnica, por adquisición o desarrollo de programas informáticos específicos para la implantación e informatización de sistemas de trazabilidad y por certificación de los sistemas de trazabilidad implantados.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación. Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación. Sección de Fomento Agroalimentario Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Orden APA/3649/2004, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria 2004-2005 para la concesión de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola.
• Orden de 12 de noviembre de 2004, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen medidas para la aplicación de las ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola, en las anualidades 2004-2005.
• Orden APA/1726/2006, de 19 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad, y se aprueba su convocatoria para determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola en 2006.
• Orden de 12 de junio de 2006, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen medidas para la aplicación de las ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola.

TRÁMITE:
Presentan la solicitud las entidades establecidas (organizaciones y agrupaciones de productores de frutas y hortalizas y de patatas reconocidas por el Departamento de Agricultura y las cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación de los sectores de frutas y hortalizas y de patatas de consumo no destinadas a la industria feculera, que no estén reconocidas como organizaciones o agrupaciones de productores) en las OCAs o los Servicios Provinciales. Llevan a cabo la instrucción las Secciones de Fomento Agroalimentario de los Servicios Provinciales. Las solicitudes son valoradas por la Comisión de Valoración. Resuelve el director general de Fomento Agroalimentario y se notifica a los interesados. Justificación de la subvención. Pago de la ayuda. Control.

VIGENCIA:
Serie cerrada

EXPEDIENTE:
Solicitud, con acreditación de los datos del solicitante y estatutos actualizados de la entidad, certificado de tener reconocido el derecho a la exención de la declaración del IVA, acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención, documento que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud, declaración de no haber recibido ayudas de otras administraciones públicas para los mismos fines, CIF, informe justificativo de los sistemas de gestión medioambiental implantados, cuenta de explotación de la entidad solicitante correspondiente a los dos años anteriores y proyecto del sistema de trazabilidad a implantar. Informes. Propuesta de resolución. Resolución. Notificaciones. Solicitud de anticipos. Aval de anticipo. Justificantes de gastos.

FECHA INICIAL:
2004

FECHA FINAL:
2006

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

PLAZO DE EXPURGO:
5 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 15/03/2010).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100212

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