Identificación
SERIE:
01050 Potencial Vitícola: Expedientes de Modificación
FUNCIÓN:
04.03. Agricultura,
ganadería y alimentación. Producción y sanidad vegetal
Descripción
OBJETO:
Modificación de los datos contenidos en el Registro Viticola con el fin de mantenerlo actualizado.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación. Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación. Sección de Regulación de Mercados y Ayudas Sectoriales Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley 24/2003, de 10 de julio , de la Viña y del Vino.
• Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.
• Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio de 2008, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
• Decreto 144/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
• Reglamento(CE) Nº 436/2009 de la Comision de 26 de mayo de 2009 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 479/2008 del Consejo en lo que respecta al registro vitícola, a las declaraciones obligatorias y a la
recopilación de información para el seguimiento del mercado, a los documentos que acompañan al transporte de productos y a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.
TRÁMITE:
Presentación de la solicitud de modificación junto con los documentos pertinentes en cada caso. Comprobación de los datos y modificación del registro. La modificación puede hacerse de oficio o a
instancia de parte. El viticultor puede ser, o no, propietario de la parcela pero en todo caso es titular del derecho de uso (vuelo).
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud debidamente cumplimentada, acompañada de la siguiente: Fotocopia del NIF/CIF del viticultor-titular de las
parcelas. Escrituras o cédula catastral y planos.
FECHA INICIAL:
2000
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
10 años
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010,
del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA
15/03/2010)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100212