Expedientes de Responsabilidad Civil del Menor
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Identificación

SERIE:
00954 Expedientes de Responsabilidad Civil del Menor

FUNCIÓN:
20.02. Servicios y sectores sociales. Protección de menores

Descripción

OBJETO:
Resarcir e indemnizar el daño causado por los menores tutelados por el Gobierno de Aragón.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Servicios Sociales y Familia. Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Servicio de Prevención y Protección a la Infancia y Adolescencia y Ejecución de Medidas Judiciales Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 251/1982, de 15 de enero, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a Entes Preautonómicos en materia de Servicios y Asistencia Sociales.
• Real Decreto 2051/1985, de 9 de octubre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores.
• Real Decreto 1475/1992, de 4 de diciembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores.
• Ley 10/1989, de 14 de diciembre, de Protección de Menores (artículos 34 y 35 del capítulo I del Tit. VII).
• Real Decreto 2227/1993, de 17 de diciembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores.
• Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
• Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero de Responsabilidad Penal del menor.
• Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
• Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo o desamparo.
• Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
• Real Decreto 254/2010, de 5 de marzo, de ampliación de medios personales, patrimoniales y económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón por el Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia y de ampliación de medios patrimoniales del Real Decreto 1070/1984, de 8 de febrero de protección de menores.

TRÁMITE:
Se recibe la sentencia del Juzgado de Menores. Si la sentencia condena al tutelado a pagar una indemnización, la administración tramita el correspondiente documento contable. En algunas ocasiones se paga también por responsabilidad civil solidaria.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Sentencia y documento contable.


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
• Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo o desamparo (artículo 9, Acceso a archivos y documentos).

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100118

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de febrero de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 01/03/2010)

OBSERVACIONES:
La sentencia se guarda en el expediente personal del menor.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100118

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