Identificación
SERIE:
00057 Presupuestos Entidades Locales
FUNCIÓN:
17.02. Política territorial.
Administración local
Descripción
OBJETO:
Seguimiento de la legalidad de los actos y acuerdos locales en materia económico financiera. Vigilancia para que las corporaciones locales no interfieran en asuntos e intereses de la comunidad autónoma.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Política Territorial e Interior. Dirección General de Administración Local. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley General Presupuestaria de 1977 (Texto Refundido por Decreto Legislativo de 1988).
• Real Decreto 1673/81 de 3 de julio de régimen de planes provinciales de obras y servicios.
• Real Decreto 2671/82, de 24 de julio, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de administración local.
• Ley 7/85 Reguladora de Bases de Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 781/86, de 2 de abril Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
• Reglamento aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones.
• Reglamento aprobado por Real Decreto1372/86, de 13 junio, de bienes de entidades locales.
• Reglamento aprobado por Real Decreto 1690/86, de población y demarcación territorial de las entidades locales.
• Ley 39/88 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales.(artículo 150.4).
• Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 29 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos.
• Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. (artículo 258. Tutela financiera).
• Ley 18/2001 de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
• Ley 3/2004, de 29 de diciembre, modificada por la Ley 15/2010, de 15 de julio
• Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, que aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley
TRÁMITE:
Se envía copia de los presupuestos
elaborados en los diferentes municipios, entidades locales menores, diputaciones provinciales, mancomunidades y comarcas a la Dirección General de Administración Local. Se examina el expediente y se comprueba la documentación, con requerimiento de
documentación complementaria o confección de informe jurídico del servicio, en su caso. Si hay conformidad, se archiva la documentación.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Presupuestos, liquidaciones y modificaciones presupuestarias. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo.
Se incluye en esta serie los informes de estabilidad presupuestaria, los planes económicos financieros y los informes de morosidad.
FECHA
INICIAL:
1979
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
8 (conservación de dos legislaturas enteras) años
ACCESO:
Libre
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20130424
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 13 de mayo de 2013, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de
Documentos Administrativos. (BOA 11/06/2013).
OBSERVACIONES:
Se envía otra copia a las Delegaciones de Hacienda
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20130424
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20150504