Bienestar Social: Ayudas
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Identificación

SERIE:
00529 Bienestar Social: Ayudas

FUNCIÓN:
20.03. Servicios y sectores sociales. Integración social

Descripción

OBJETO:
Ayuda a distintos sectores sociales (infancia, tercera edad, discapacitados, drogadictos, etc.) mediante la subvención de los gastos por mantenimiento de actividades, construcción, ampliación o reforma de los centros correspondientes.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Servicios Sociales y Familia. Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Servicio de Centros y Acción Concertada Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 251/1982, de 15 de enero, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a Entes Preautonómicos en materia de Servicios y Asistencia Sociales (B.O.E. 15-02-1982)
• Ley 4/1987, de 25 de marzo, de Ordenación de la Acción Social.
• Decreto 185/1987 de 15 diciembre, por la que se regula el sistema de subvenciones en mataria de acción social.
• Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 4/1996, de 22 de mayo, de creación del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
• Decreto 198/1996, de 29 de octubre, del Gobierno de Aragón, sobre traspaso de funciones y servicios ejercidos por el Depatamento de Sanidad en materia de servicios sociales al Instituto Aragones de Servicios Sociales.
• Órdenes anuales de convocatoria de subvenciones en materia de acción social.

TRÁMITE:
Recibida la solicitud junto con la documentación correspondiente a cada modalidad de subvención por los Servicios Provinciales, estos procederán a instruir el expediente y, previo informe y propuesta, lo remitirán a la Dirección General de Bienestar Social y Trabajo, para que el director general resuelva. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el consejero.
Los respectivos Servicios Provinciales se quedan una copia y el original se conserva en la Dirección General, excepto los originales de las justificaciones que se envían a la Intervención.
El derecho a cobrar las subvenciones prescriben a los 5 años después de no haberse justificado la cuantía establecida en la resolución.
A partir de la creación del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) se presenta la solicitud en impreso normalizado en la Dirección Provincial con la documentación exigida. Tras el examen de la misma se emite propuesta de resolución de la Junta Provincial de Gestión de Prestaciones y finalmente resuelve el director provincial.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Convocatoria, datos de la entidad, servicio, centro o establecimiento para los que se solicita la ayuda, memoria descriptiva del ámbito de actuación y de los fines de la entidad, asi como descripción del servicio o actividad para el que se solicita la ayuda. Balance económico del ejercio anterior y presupuesto previsto para el ejercicio en curso. Documentos contables AD y OP, justificantes de los gastos. Informe y propuesta del Servicio Provincial y resolución del director general. A partir de 1997 la resolución corre a cargo del Director Gerente del IASS.

FECHA INICIAL:
1981

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100118

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de febrero de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 01/03/2010)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100118

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