Provisión Puestos de Trabajo Personal Funcionario
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Identificación

SERIE:
00105 Provisión Puestos de Trabajo Personal Funcionario

FUNCIÓN:
02.02. Gestión de recursos humanos. Selección y provisión

NOMBRE DE SUBSERIE:
90123 Libre designación
90124 Concurso de méritos
90125 Comisiones de servicio
90126 Redistribución de efectivos
90127 Reasignación de efectivos
90128 Atribución temporal de funciones
90129 Adscripción provisional
90130 Permutas
90131 Misiones de cooperación internacional
90132 Destino provisional
90133 Nombramiento de funcionarios interinos
90134 Nombramiento de funcionarios de carrera
90345 Reingresos
90347 Adscripción a Entidades Públicas
90376 Autorizaciones de órdenes de comarcalización

Descripción

OBJETO:
Hacer efectiva la provisión de los puestos de trabajo.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Hacienda y Administración Pública. Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios. Servicio de Clasificación y Provisión de Puestos de Trabajo. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 1/86 de medidas para la Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 30/84 de 2 de agosto de medidas para la Reforma de la Función Pública.
• Decreto 70/87 de 9 de junio por la que se reglamenta la provisión de puestos de trabajo y la promoción profesional de los funcionarios en la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 2/91 de 4 de enero de modificación de la Ley de medidas para la Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto Legislativo 1/91 que aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública.
• Decreto 172/92 de 17 de septiembre por el que se reglamenta la provisión de puestos de trabajo, la carrera administrativa y la promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 101/1998, de 19 de mayo, del Gobierno de Aragón, de modificación del reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera Administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 193/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de modificación parcial del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Carrera Administrativa y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
• Decreto 118/2009, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón.
• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

TRÁMITE:

 La provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se efectúa con carácter ordinario por los sistemas de libre designación y concurso de meritos, en todo caso con convocatoria pública, y eventualmente mediante formas extraordinarias de provisión de puestos de trabajo, tales como redistribución de efectivos, comisión de servicios, permutas, acumulación de funciones, sustitución en puesto reservado, destino provisional, nombramiento de interinos..., siempre que proceda su utilización de acuerdo con la legislación vigente. A partir del Reglamento de 1997 ya no se habla de formas ordinarias y extraordinarias de provisión y se añaden algunas formas mas como la de cooperación internacional y se modifican otras. Nombramiento de funcionarios de carrera: El procedimiento general para proveer los puestos de las Administraciones Públicas es la realización de los correspondientes procesos selectivos y la adjudicación de puestos a los candidatos que han superado los mismos. El proceso se traduce en síntesis en un ofrecimiento de puestos vacantes, la solicitud de los aspirantes de los puestos por el orden de prelación del proceso y la adjudicación de los mismos como primeros destinos. 

- 90123 Libre designación: Solo pueden cubrirse por libre designación los puestos de trabajo que en atención a la naturaleza de sus funciones estén expresamente clasificados para ello en las relaciones de puestos de trabajo. Su convocatoria debe ser publica (BOA) debiendo contener la denominación del puesto, el nivel, localización, así como los requisitos indispensables para su desempeño. En dichas convocatorias siempre que este expresamente previsto en las mismas pueden participar además de los funcionarios de la Comunidad Autónoma, los de otras Administraciones Públicas (Estado, Comunidad Autónoma de Aragón y Administraciones locales). La convocatoria de un puesto de libre designación conlleva una propuesta de adjudicación a favor de alguno de los funcionarios solicitantes que reúna los requisitos exigidos y en atención a criterios de merito y capacidad, debiendo acompañarse informe previo del Director General del que dependa el puesto. El Consejero titular del departamento en el que este destinado el funcionario propuesto deberá informar preceptivamente con carácter previo el nombramiento. Si la propuesta recae sobre un funcionario dependiente de otra Admon. Pública deberá recabarse del órgano competente, la conformidad para la incorporación de aquel a efectos de su nombramiento. La propuesta se eleva a la Diputación General de Aragón a la que le compete el nombramiento y una vez aprobado el Decreto u Orden se publica en el BOA, también en el caso de que el puesto quede desierto si no hay un candidato adecuado. Los funcionarios nombrados para puestos de libre designación pueden ser removidos de los mismos con carácter discrecional por el órgano competente para el nombramiento mediante resolución motivada. Hay puestos de libre designación que están abiertos para personal laboral o funcionario indistintamente se archivan con las convocatorias de personal funcionario.

- 90124 Concurso de Méritos: El concurso es el procedimiento normal para la provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios. Para su resolución se tendrán en cuenta únicamente aquellos meritos alegados por los concursantes que estén previstos en las convocatorias. Se publican en el BOA con denominación del puesto de trabajo, código de RPT, localización, Nivel, y los requisitos esenciales para desempeñarlo. Las solicitudes se presentan en un plazo de 15 días hábiles acompañadas del currículo donde se relacionen los meritos aportados por el concursante. La puntuación de los méritos se efectúa por una comisión de valoración constituida bajo la presidencia del Director General de la Función Pública o funcionario en quien delegue. El Director General competente en materia de personal dicta la orden resolutoria del concurso que se publicara en el BOA los destinos adjudicados por concurso son irrenunciables y tienen la consideración de voluntarios por lo que no generan derecho de indemnización por traslado. 
 
- Otras formas extraordinarias de provisión:  Junto a las dos formas de provisión ordinarias (concurso y libre designación) existen un conjunto de sistemas que podemos denominar extraordinarios o residuales vinculados a diferentes circunstancias como urgencia y necesidad.  Estas formas de provisión son:
  • 90125 Comisiones de servicio:  En la misma administración que implica cambio de Departamento y/o localidad, y se efectúen en el ámbito de los servicios centrales. Se solicita por el interesado  adjuntando su conformidad. Se comprueba si el candidato reúne los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo y que hayan completado al menos 2 años en su primer destino en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo que se traten de puestos de la misma localidad.  Se notifica la resolución por parte de de la dirección general con competencias en empleo público. Interadministrativa puede provenir de empleados públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que solicitan su adscripción a otra administración pública, o de otros empleados públicos que solicitan adscribirse a la Comunidad Autónoma. En ambos casos no podrá exceder de dos años resolviendo la dirección general con competencias en función pública.
  • 90126 Redistribución de efectivos: traslado a otros puestos no singularizados por razones del servicio  que implique cambio de departamento y/o localidad. El departamento remite al servicio de provisión y clasificación de puestos de trabajo la solicitud de redistribución de efectivos por necesidad de servicio siempre y cuando el funcionario afectado ocupe un puesto no singularizado con carácter definitivo y el puesto al que se le adscriba esté vacante, sea de la misma naturaleza, nivel, complemento específico y con el mismo procedimiento de provisión. No debe suponer cambio de municipio para él y si comporta traslado a otro centro de trabajo, se dará previa audiencia al interesado.
  • 90127 Reasignación de efectivos: puestos de trabajo que son objeto de supresión por la aplicación de un plan de empleo. Los funcionarios pueden ser destinados a otro puesto de trabajo por el procedimiento de reasignación de efectivos aplicando criterios relacionados con las aptitudes, formación, experiencia y antigüedad, teniendo los puestos reasignados carácter definitivo.
  • 90128 Atribución temporal de funciones: asignación de funciones distintas a las asignadas al puesto que se desempeña. Se atribuye temporalmente funciones que impliquen cambio de departamento  y/o localidad. En casos excepcionales se puede atribuir a los funcionarios el desempeño temporal, en comisión de servicios, de funciones especiales que no estén asignadas específicamente a los puestos incluidos en las RPT o para realizar tareas que, por causa de mayor volumen temporal u otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas con suficiencia por los funcionarios que desempeñen con carácter permanente los puestos de trabajo. 
  • 90129 Adscripción provisional: desempeño provisional de un puesto derivado de circunstancias diversas (cese, supresión del puesto, etc). 
  • 90130 Permutas: permutas de puestos entre dos funcionarios que cumplan los requisitos que se determinen. Es una provisión excepcional realizada a instancia de los interesados que además de ser titulares del puesto no pueden estar clasificados como de libre designación y deben tener asignado igual nivel, entre otras condiciones.
  • 90131 Misiones de cooperación internacional: A propuesta del departamento interesado se podrá proponer que mediante comisión de servicios sus funcionarios participen en programas o misiones de cooperación internacional al servicio de organizaciones internacionales, entidades o gobiernos extranjeros, siempre que conste el interés de la propia administración en dicha participación. 
  • 90132 Destino provisional: Se le atribuye a un funcionario el desempeño provisional de un puesto de trabajo y no de forma definitiva ni sirve para consolidar el grado personal hasta que no lo obtenga con carácter definitivo.
- 90133 Nombramiento de funcionarios interinos: El nombramiento de interinos es una forma extraordinaria de provisión de puestos de trabajo, a la que se acude por razones de necesidad y urgencia para desempeñar temporalmente plazas de funcionarios en alguna de las siguientes circunstancias:  
  1. Ocupación de vacantes incluidas en la OEP. 
  2. Ocupación de puestos originados por creación de servicios nuevos. 
  3. Ocupación de vacantes producidas con posterioridad a la aprobación de la OEP por bajas no previstas de funcionarios. 
  4. Sustitución de funcionarios que disfruten de licencias, o se encuentren en alguna situación con dispensa de asistencia que otorgue derecho a reserva de plaza. 
- 90345 Reingreso: En el reingreso al servicio activo consiste en que los funcionarios públicos que ostentaban esa condición y no estaban en activo vuelven a incorporarse de nuevo a la Administración cambiando su situación administrativa. El reingreso puede ser de dos tipos: con derecho a reserva de puesto de trabajo y sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
 
- 90347 Adscripción a Entidades Públicas: Mediante acuerdo del Gobierno de Aragón se adscribe personal a las entidades de derecho público tal y como recoge el artículo 81 del Decreto legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la normativa que rige la creación y funcionamientos de las diferentes entidades públicas. Esta forma de provisión no genera derecho de reserva de plaza. En caso de cese, éste puede ser por acuerdo del Gobierno de Aragón o por la participación por iniciativa propia del funcionario en alguna de las formas de provisión ordinarias (concurso, libre designación, comisión de servicios...).
 
El Estatuto Básico del Empleado Público ha introducido dos nuevos supuestos: nombramiento de funcionarios interinos por acumulación de tareas o por ejecución de programas. Los interinos para ser nombrados deberán reunir los mismos requisitos de titulación y las demás condiciones que se exijan a los funcionarios de carrera para ocupar las plazas. La selección de los interinos se lleva a cabo mediante formación de listas de “espera”: - derivadas de los procesos selectivos (aspirantes que superaron algún ejercicio pero no el proceso) - listas convocadas específicamente y formadas mediante una valoración de méritos profesionales y académicos. - A través de una selección de candidatos realizada por el Servicio Público del Empleo.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Cada uno de estas formas de provisión exigen la tramitación de un expediente, formado con carácter general con una resolución de inicio, la evacuación de los trámites de instrucción específicos y una resolución final cuya competencia corresponde con carácter general del Director General competente en materia de personal y, en el caso del nombramiento de los funcionarios de carrera, al Consejero competente en materia de personal. Los expedientes de concursos y libre designación se componen de la convocatoria, las instancias de los interesados, la valoración y la resolución del proceso.

FECHA INICIAL:
1979

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Regla General: se expurgan los expedientes y las instancias a los 10 años

MUESTREO:
Si

TIPO DE MUESTREO:
Selectivo.
- 90123 Libre designación: Se conservaran dos expedientes anuales. Uno correspondiente a puesto de jefe de unidad orgánica o puesto de responsabilidad y otro no singularizado. De los expedientes conservados únicamente se conservarán dos instancias de cada proceso, una de adjudicatario y otra de no adjudicatario de las plazas convocadas.
- 90124 Concurso de méritos: Se conservará un expediente anual, deberá ser muestra de un proceso importante. Se conservará el expediente completo a excepción de las instancias y las hojas de baremación de las que únicamente se conservarán dos.
- Resto de subseries (90125, 90126, 90127, 90128, 90129, 90130, 90131, 90132, 90133, 90134, 90345, 90347) Se conservarán dos expedientes por año de forma aleatoria.
- Los documentos objeto de conservación, vendrán señalados por los productores de la documentación en la hoja de relación de transferencias.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20121121

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 10 de diciembre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 18/01/2013)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20121121
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20150409

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