Instalación Grupos Presión Agua
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Identificación

SERIE:
00330 Instalación Grupos Presión Agua

FUNCIÓN:
11.01. Industria. Energía.

Descripción

OBJETO:
Autorizar la instalación de aparatos a presión,excepto generadores (Bombas para suministro de agua). Desde el 2007 solo se comunica a la administración la puesta en marcha de las instalaciones ya no se autoriza.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Ministerio de Industria.
Departamento de Industria e Innovación. Servicio Provincial
Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 2443/1969 de 16 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de recipientes a presión (BOE 29.5.69)
• Real Decreto 1244/1979, de 4 de junio, aprueba el Reglamento de aparatos a presión.
• Real Decreto 2596/1982, sobre transferencia de competencias en materia de industria y energía.
• Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.
• Orden de 4 de mayo de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se modifican varias órdenes de regulación de procedimientos de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones térmicas, eléctricas de baja tensión, de protección contra incendios y las receptoras de combustibles gaseosos y de almacenamiento de gases licuados del petróleo en depósitos fijos, así como para la puesta en marcha de las instalaciones de suministro de agua.
• Decreto - Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

TRÁMITE:
Solicitud a la División Provincial de Industria, aportando acta de prueba hidrostática realizada en la fase de elaboración del aparato. Autoriza el Jefe de la División.

VIGENCIA:
Serie cerrada

EXPEDIENTE:
Solicitud. Acta de Prueba. Resolución y Tasa

FECHA INICIAL:
1983

FECHA FINAL:
1994

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
3 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Son todo instalaciones privadas. Expurgo de las instalaciones sujetas a seguridad industrial a los tres años desde la baja definitiva de la instalación.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20150616

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 1 de Julio de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2015)

OBSERVACIONES:
Se continúa en la serie 00338 Instalaciones Interiores Suministro de Agua

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20140730

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