Identificación
SERIE:
00358 Instalaciones de Equipos a Presión
FUNCIÓN:
11.05. Seguridad industrial y
metrología
Descripción
OBJETO:
Autorización, instalación y revisiones periodicas de recipientes a presión (calderines, generadores de vapor etc.). A partir del 2008 el titular comunicará la puesta en servicio al órgano competente de la comunidad
autónoma, ya no se requiere autorización.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Servicio Provincial
Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 2443/1969, de 16 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recipientes a Presión.
• Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos a Presión.
• Real Decreto 2596/1982, de transferencias de competencias a la Comunidad Autonóma en materia de Industria.
• Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.
• Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, por el que se modifica la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y se establece el control metrológico CEE.
• Decreto 75/1987, de 9 de junio, de la Diputación General de Aragón de distribución de competencias transferidas en el Departamento de Industria.
• Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el control metrológico CEE.
• Real Decreto 1504/1990, por los que se aprueban los respectivos reglamentos de aparatos a presión.
• Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre, sobre aplicación de directivas de las comunidades Europeas relativas a recipientes a presión, modificado por Real Decreto 2486/1994, de 23 diciembre.
• Real Decreto 648/1994, de 15 de abril, por el que se declaran los patrones nacionales de medida de las unidades básicas del Sistema Internacional de Unidades.
• Orden de 8 de enero de 2002, del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se establece el procedimiento aplicable en la Comunidad Autónoma de Aragón para efectuar el control metrológico del Estado, en sus fases de
verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica y se fijan las condiciones y requisitos que deben reunir los organismos para la ejecución del citado control metrológico
• Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
• Resolución de 20 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2006, de 3 de octubre.
• Orden ITC/2581/2006, de 28 de julio, por la que se definen los patrones nacionales de las unidades derivadas, del sistema internacional de unidades
• Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 29 de noviembre.
• Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología.
• Real Decreto 2032/2009, de 30 de diciembre, por el que se establecen las unidades legales de medida
• Orden de 4 de diciembre de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se hace pública la Circular 2/2013, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, relativa a la acreditación de las condiciones de
idoneidad técnica y de personal que deben reunir los organismos para la ejecución del control metrológico del Estado en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.
TRÁMITE:
Solicitud autorización instalación en impreso oficial, junto con proyecto y acta de
prueba hidrostática . Asignación de Nº Registro de la División Provincial de industria. Impreso de autorización firmado por el técnico y el Jefe de la División Provincial de Industria. Una vez instalado, el técnico de la división inspeccionará las
instalaciones y propone la autorización de puesta en marcha al jefe de la División Provincial. Finalmente liquidación de tasas y creación de un libro de Registro de usuarios para reflejar los resultados de las inspecciones periódicas.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Impresos
de solicitud de autorización de instalación, impresos de solicitud de puesta en marcha. Proyecto de instalación. Acta de Prueba Hidrostática del aparato Certificado de pruebas en lugar de emplazamiento. Certificado de dirección de obra.
FECHA INICIAL:
1982
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO
HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
3 años
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Son todas instalaciones privadas. Expurgo de las
instalaciones sujetas a seguridad industrial a los tres años desde la baja definitiva de la instalación.
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20150616
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de
1 de Julio de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2015)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20140730