Inventarios
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Identificación

SERIE:
00053 Inventarios

FUNCIÓN:
17.02. Política territorial. Administración local

Descripción

OBJETO:
Toma de conocimiento de los inventarios de bienes y derechos y sus rectificaciones, elaborados por las entidades locales.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Política Territorial e Interior. Dirección General de Administración Local Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley General Presupuestaria de 1977 (Texto Refundido por Decreto Legislativo de 1988)
• Real Decreto 1673/81, de 3 de julio, de régimen de planes provinciales de obras y servicios.
• Real Decreto 2671/82, de 24 de julio, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de administración local.
• Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
• Reglamento aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre de organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las corporaciones.
• Reglamento aprobado por Real Decreto 1372/86, de 13 junio, de bienes de entidades locales.
• Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
• Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 29 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos.
• Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
• Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y obras de las Entidades Locales de Aragón.

TRÁMITE:
Los ayuntamientos tienen la obligación de enviar los inventarios a la Dirección General con fines informativos.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Inventarios, oficios de remisión.

FECHA INICIAL:
1979

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
8 (conservación de dos legislaturas enteras) años

ACCESO:
Libre

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20130424

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 13 de mayo de 2013, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 11/06/2013).

OBSERVACIONES:
. Autorización de la Jefa de Servicio de Organización y Régimen Jurídico Local (3 de marzo de 2005) para su expurgo.
. Autorización ratificada por Resolución de 6 de mayo de 2005 de la Dirección General de Patrimonio Cultural, visto el informe favorable de la Comisión Asesora de Archivos del Gobierno de Aragón

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20130424

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