Escuelas de Tiempo Libre
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Identificación

SERIE:
00537 Escuelas de Tiempo Libre

FUNCIÓN:
12.03. Juego, espectáculo y ocio. Ocio y tiempo libre.

Descripción

OBJETO:
Promover la formación y preparación de animadores de tiempo libre de acuerdo con los programas mínimos oficiales y reconocimiento de escuelas de Tiempo Libre.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Educación y Cultura. Dirección General de Juventud y Deporte. Servicio de Promoción de la Juventud. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Decreto 101/86 de 2 de Octubre, de la Diputación General de Aragón, regulador de las escuelas de animadores de tiempo libre.
• Decreto 177/91, de 15 de Octubre, de la Diputación General de Aragón, por el que se asignan competencias en materia de Juventud al Departamento de Cultura y Educación.
• Decreto 27/1992, de 18 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se fijan las competencias en materia de juventud.
• Ley 3/2007 de 21 de marzo, de Juventud de Aragón.

TRÁMITE:
La Diputación General de Aragón gestiona el reconocimiento de las Escuelas de Animadores de Tiempo Libre, la inspección de sus actividades, establece los programas mínimos oficiales y se ocupa de la concesión de los diplomas, especificando la fecha y la escuela que ha impartido el curso.
Una vez recibida la solicitud de reconocimiento de una escuela de animadores, el departamento notificará en el plazo de 3 meses al solicitante la resolución concendiendo o denegando dicho reconocimiento. Las escuelas reconocidas serán inscritas en el Registro que a tal efecto se lleva en el departamento, donde figuran además los alumnos que han obtenido los distintos diplomas. Tras la entrada en vigor del Decreto 101/1986 por el que se regulan las Escuelas de Animadores en el Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Aragón, los jefes de campamento y monitores titulados por Escuelas reconocidas deberán solicitar en el plazo de nueves meses, a los Servicios Provinciales del Departamento, la convalidación del título.

VIGENCIA:
Serie cerrada

EXPEDIENTE:
Solicitud de reconocimiento de las escuelas de tiempo libre, estatutos, proyecto educativo, informe infraestructura, memoria del curso y programación. Resolución concediendo o denegando dicho reconocimiento, relación de alumnos que obtienen diploma. Solicitud convalidación título, en algunos casos se acompaña de fotocopia compulsada del título.

FECHA INICIAL:
1986

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
15 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Libre

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
19961203

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 18 de diciembre de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 27/12/1996).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
19961203

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