Líneas Regulares: Concesiones y Modificaciones
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Identificación

SERIE:
00782 Líneas Regulares: Concesiones y Modificaciones

FUNCIÓN:
22.02. Transportes. Gestión del transporte

Descripción

OBJETO:
Establecimiento de las líneas regulares mediante concesión administrativa de la prestación de servicios de líneas regulares. Autorización de las modificaciones y variaciones de concesiones administrativas para la prestación del servicio regular de transportes de viajeros de uso general.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. Dirección General de Transportes. Servicio de Transportes e Inspección Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 3524/1981, de 18 de diciembre por el que se transfieren a la Diputación General las competencias en materia de transportes.
• Decreto 93/1982, de 26 de octubre, por el que se distribuyen las competencias en materia de transportes.
• Ley 16/1987, de 30 de julio de Ordenación de Transportes Terrestres.
• Real Decreto 1211/1990, de 28 de noviembre (Reglamento de Ley 16/1987).
• Ley Orgánica 5/1987, de 30 de Julio, de Delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los Transportes por carretera y por cable.
• Decreto 159/1998, por el que se regula la fijación de itinerarios y paradas discrecionales de los servicios públicos regulares permanentes de transporte interurbano de viajeros, de uso general, dentro del suelo urbano y urbanizable de las poblaciones.
• Ley 14/1998, de 30 de diciembre, de los Transportes Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 17/2006, de 29 de diciembre, de Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 24/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas para el mantenimiento y mejora de los servicios de transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 15/2009 de 11 de noviembre, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.

TRÁMITE:
Concesión: El establecimiento de las líneas regulares mediante concesión administrativa es competencia de la Diputación General de Aragón, siempre que su itinerario sea dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón. Tambien hay líneas cuyo itinerario comprende mas de una comunidad autónoma y en estos casos la competencia es del Estado. Se presenta solicitud mediante modelo oficial facilitado en la Subdirección de Transportes junto con la acreditación de capacitación profesional y titularidad del vehículo, autorización de adscripción y certificado de las características técnicas de los vehiculos con revisiones actualizadas. La propuesta es resuelta por el Jefe de la Subdirección de Transportes comunicándoselo al interesado, el cual tiene la posibilidad de recurrir mediante los recursos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). El Título de la concesion es otorgado por el Director General de Transportes.
Modificación: La administración podrá realizar, de oficio o a instancia del concesionario o de los usuarios, las modificaciones en las condiciones de prestación no previstas en el título concesional y las ampliaciones, reducciones o sustituciones de itinerarios que resulten necesarias o convenientes para una mejor prestación del servicio, estando obligada a respetar, en todo caso, el equilibrio económico de la concesión. Asimismo se ocupará de las reclamaciones de los usuarios de la línea y de todo tipo de incidencias habidas en el servicio de la línea regular, datos sobre el material movil, adscripción de nuevos vehículos a las líneas regulares, sustitución de vehículos, horarios y número de expedientes, tarifas establecias. Las modificaciones en las condiciones de prestación y las ampliaciones, reducciones o sustituciones se efectuarán previa audiencia del concesionario.
Anualmente, la Dirección General de Transportes Terrestres del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones establece mediante resolución las normas para el visado de autorizaciones de transporte de Servicio Público y Privado para el año. La Dirección General de Carreteras y Transportes de la Diputación General asume mediante otra resolución las normas establecidas por el Estado.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Concesión: Pliego de bases del concurso. Proposiciones. Resolución. Recursos.
Modificación: escrito dirigido a la Subdirección correspondiente sobre la modificación que se pretende realizar. Junto con la solicitud se presenta la documentación que justifique la modificación de que se trate (volumen de tráfico, justificación de vehículos), autorización de la Subdirección de Transportes.

FECHA INICIAL:
1983

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20090223

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de marzo de 2009, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos.(BOA 27/03/2009)

OBSERVACIONES:
.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20090223

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