Líneas Deficitarias: Contratos Programa
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Identificación

SERIE:
00781 Líneas Deficitarias: Contratos Programa

FUNCIÓN:
22.02. Transportes. Gestión del transporte

Descripción

OBJETO:
Contratación con las empresas concesionarias de servicios públicos, con particulares o con empresas privadas, de la cobertura de líneas de transporte a zonas desasitidas, permitiendo una mejor inserción social de las poblaciones atendidas por el servicio, ampliándose así la red de transporte público de viajeros.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. Dirección General de Transportes. Servicio de Transportes e Inspección Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 3524/1981, de 18 de diciembre por el que se transfieren a la Diputación General las competencias en materia de transportes.
• Decreto 93/1982, de 26 de octubre, por el que se distribuyen las competencias en materia de transportes.
• Ley 16/1987, de 30 de julio de Ordenación de Transportes Terrestres.
• Real Decreto 1211/1990, de 28 de noviembre (Reglamento de Ley 16/1987).
• Ley Orgánica 5/1987, de 30 de Julio, de Delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los Transportes por carretera y por cable.
• Real Decreto 1772/94, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Juridico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
• Ley 14/1998, de 30 de diciembre, de los Transportes Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 159/1998, por el que se regula la fijación de itinerarios y paradas discrecionales de los servicios públicos regulares permanentes de transporte interurbano de viajeros, de uso general, dentro del suelo urbano y urbanizable de las poblaciones.
• Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el sector inmobiliario y Transportes.
• Ley 17/2006, de 29 de diciembre, de Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 24/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas para el mantenimiento y mejora de los servicios de transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Ley 15/2009 de 11 de noviembre, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.
• Anualmente, la Dirección General de Transportes Terrestres del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones establece mediante resolución las normas para el visado de autorizaciones de transporte de Servicio Público y Privado para el año. La Dirección General de Carreteras y Transportes de la Diputación General asume mediante otra resolución las normas establecidas por el Estado.

TRÁMITE:
Mediante convocatoria pública la Diputación General de Aragón contrata servicios de transporte con personas fisicas o jurídicas para zonas desasistidas en materia de transporte. La Diputación General de Aragon garantiza un precio concreto que estima que puede costar el desarrollo del contrato programa. La forma de adjudicación es el concurso.
Aprobado el contrato programa se notifica a las Subdirecciones encargadas de gestionar con los prestatarios de los mismos. En la Subdirección se presentan las tarifas para sellarlas y las liquidaciones trimestrales de los mismos.
Estas liquidaciones son enviadas a la Dirección General para su control y revisión antes de su fiscalización por la Intervención General. Si en cada trimestre resulta que los productos por explotación son inferiores al montante del precio garantizado, el transportista librará factura por la diferencia en pesetas que, convenientemente conformada, le será abonada por el Departamento; si por el contrario los ingresos superan al precio garantizado, la diferencia será descontada en liquidaciones trimestrales posteriores o se iran acumulando hasta el vencimiento del contrato programa, momento en el que el transportista reintegrará el total adeudado. Estos contratos pueden ser prorrogados.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Contrato Programa en el que aparece especificado su objeto, los antecedentes legales, las claúsulas referidas a la duración del Contrato, las condiciones del servicio, el calendario, las frecuencias, las tarifas, los vehículos, los términos económicos de la subvención (acuerdo económico, procedimiento de liquidación económica, penalizaciones), modificaciones del servicio, publicidad, subcontratación y las causas de extinción del contrato.


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
7 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20090223

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de marzo de 2009, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos.(BOA 27/03/2009).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20090223

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