Planes Estratégicos: Minas
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Identificación

SERIE:
00306 Planes Estratégicos: Minas

FUNCIÓN:
11.02. Industria. Minería.

Descripción

OBJETO:
Ajustar la producción de carbón al consumo del sector eléctrico.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Dirección General de Energía y Minas. Servicio Minas e Investigación Minera. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
• Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
• Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos.
• Reales Decretos 2596/1982, de 24 julio; 539/1984, de 8 de febrero, y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de industria, energía y minas.
• Decisión de Comunidad Europea, 2064/1986/CECA, de 30 de junio, relativa al régimen comunitario de las intervenciones de los Estados miembros a favor de la industria hullera.
• Convenio marco de 10 de diciembre de 1986, firmado por UNESA y CARBUNION, para el establecimiento de un sistema de contratación de carbón termoeléctrico.
• Orden de 23 de julio de 1987, del Ministerio de Industria y Energía, reguladora de visados de contratos.
• Resoluciones de la Secretaría General de Energía y Recursos Minerales, autorizando los contratos suscritos entre Compañía Minera y Central Térmica.

TRÁMITE:
Las Sociedades Mineras presentan a las Empresas eléctricas un plan estratégico como soporte a la negociación del contrato de suministros que demuestre la vialidad técnica y económica de sus explotaciones. Este plan va acompañado de una Auditoría del último ejercicio económico.
La empresa eléctrica (ENDESA) remite un ejemplar del plan al Servicio Provincial con el fin de que se emita informe y a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (con carácter vinculante). Previamente el contrato ya negociado se presenta a la Administración (a la Secretaría de Energía) para su aprobación. Finalmente esta Secretaría resuelve, dando su visto bueno conforme a los informes presentados.

VIGENCIA:
Serie cerrada

EXPEDIENTE:
Anteproyecto, Plan estratégico (proyecto), contrato de suministro, informes de los Servicios Provinciales y de la Dirección General de Minas, visado del contrato, revisiones posteriores de los proyectos.

FECHA INICIAL:
1987

FECHA FINAL:
2000

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Estos documentos pueden contener información protegida por el secreto industrial y datos de carácter personal.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160927

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/1582/2016, de 20 de octubre, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 11/11/2016)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20160718

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