Retirada Tierras
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Identificación

SERIE:
00288 Retirada Tierras

FUNCIÓN:
04.03. Agricultura, ganadería y alimentación. Producción y sanidad vegetal

Descripción

OBJETO:
Gestión de las ayudas destinadas a fomentar la retirada de la producción de tierras de cultivos herbáceos destinadas a la producción agrícola.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentacion. Servicio Provincial. Subdireccion Desarrollo Rural. Seccion Modernizacion de Explotaciones Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 1435/1988, de 25 de noviembre, por el que se regula el régimen de ayudas destinado a fomentar la retirada de tierras de la producción.
• Orden de 5 de diciembre de 1988, por la que se establecen las normas de aplicación del régimen de ayudas destinado a fomentar la retirada de tierras de la producción.
• Orden de 18 de diciembre de 1992, por la que se dictan normas en relación con el programa de retirada de tierras de la producción regulado en el Real Decreto1435/1988.

TRÁMITE:
La solicitud de ayuda y la documentación adjunta se presenta en las Agencias de Extensión Agraria desde donde se remite al Servicio Provincial. Allí se estudia y se realiza una propuesta de resolución firmada por el jefe del Servicio Provincial que se remite al consejero, quien firma la resolución definitiva. Dicha resolución se comunica al Servicio Provincial, que la notifica al interesado.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Impreso normalizado de solicitud, fotocopia DNI, fotocopia de declaraciones del IRPF de los últimos 5 años o del impuesto sociedades, certificado de la Cámara Agraria Local de superficie, plano catastral, certificado catastral, contratos de arrendamientos de tierras, pólizas de seguro agrario, certificado de estar al corriente del pago de la Seguridad Social, certificado de estar al corriente de pago en la contribución rústica y pecuaria, relación de parcelas, documento de compromiso de obligaciones, cuadro de producciones, ventas y recursos, plan de aprovechamientos. Propuesta de resolución. Resolución. Notificaciones


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100125

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 15/03/2010)

OBSERVACIONES:
Esta serie, junto con Indemnización Compensatoria, son las dos líneas de ayuda destinadas a mejorar la renta de los agricultores, derivadas de la legislación europea. Son medidas de acompañamiento de la PAC, subvencionadas en un 25% por el MAPA, en otro 25% por el Gobierno autónomo y en un 50% por la Unión Europea.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100125

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