Gestión Sindical
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Identificación

SERIE:
00111 Gestión Sindical

FUNCIÓN:
02.04. Gestión de recursos humanos. Representación

NOMBRE DE SUBSERIE:
90036 Elecciones sindicales
90037 Subvenciones Sindicales
90038 Horas sindicales
90039 Dispensados Sindicales
90040 Asambleas sindicales

Descripción

OBJETO:
Organización de los procesos de elecciones sindicales. Gestión de los Acuerdos Administración - Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales y demás normas vigentes en la materia.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Hacienda y Administracion Publica. Direccion General de Funcion Publica. Servicio de Relaciones Laborales y Asuntos Sociales Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
• Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de representación, determinación de las condiciones de Trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
•Decreto 127/1991, de 1 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el sistema de subvención a los sindicatos de trabajadores con representación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. (Derogado por el Decreto 209/1992, de 9 de diciembre, posteriormente derogado por el Decreto 195/1996, de 29 de octubre).
• Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa.
• Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Elecciones a los Órganos de Representación del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
• Decreto 195/1996, de 29 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de subvenciones a los Sindicatos que hayan obtenido representación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Acuerdo de 24 de junio de 1996, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el acuerdo Administración - Sindicatos para modernizar y reordenar la Administración de la Comunidad Autónoma y mejorar las condiciones de trabajo.
• Decreto 13/1998, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por la que se regula la organización y funcionamiento de la comisión de personal.
• Orden de 16 de julio de 1998 por la que se publican los modelos normalizados de impresos, sobres y papeletas de votación a utilizar en las elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado.
• Orden de 21 de septiembre de 1999, del Departamento de Economía Hacienda y Función Pública, por la que se publica el acuerdo de 3 de septiembre de 1999, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al acuerdo de dispensas para el ejercicio de la actividad sindical en el ámbito del personal docente no universitario
• Orden de 21 de marzo de 2000, del Departamento de Economía, Hacienda y Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de 14 de marzo de 2000, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo Administración-Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales (modificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 2001).
• Orden de 17 de noviembre de 2000, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se publica el acuerdo de 7 de noviembre de 2000 del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al acuerdo de la Mesa de la Función Publica por la que se crea la Mesa Sectorial de la Administración General.
• Orden de 18 de mayo de 2001, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por el que se otorga publicidad al Acuerdo de la Mesa de la Función Pública sobre participación en materia de prevención de Riesgos Laborales en la Administración de la Comunidad Autónoma.
•Orden de 13 de marzo de 2002, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón por el que se atribuyen competencias en materia de gestión de las elecciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 18 de diciembre de 2002, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón por el que se atribuyen competencias en materia de gestión de las elecciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 17 de diciembre de 2003 ,del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se publica el Acuerdo de 16 de diciembre de 2003, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo Administración – Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales.
• Orden de 28 de enero de 2004,del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se publica el Acuerdo de 27 de enero de 2004, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de la Mesa de la Función Pública por el que se constituye la Mesa Sectorial de la Administración General y se establece el número de miembros y el modo de alcanzar Acuerdos en la Mesa de la Función Pública y en la Mesa Sectorial de la Administración General.
• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Orden de 7 de abril de 2008,del Departamento de Presidencia, por la que se publica el Acuerdo de 11 de marzo de 2008, del Gobierno de Aragón, por la que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo Administración-Sindicatos de articulación de la negociación colectiva en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 29 de septiembre de 2008,del Departamento de Presidencia, por la que se publica el Acuerdo de 9 de septiembre de 2008, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Acuerdo Administración – Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales, de 21 de noviembre de 2003.
• Orden de 16 de octubre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se publica el Acuerdo de 8 de octubre de 2012, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo sobre derechos y garantías sindicales alcanzado en la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 24 de septiembre de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, sobre criterios de actuación en el proceso de Elecciones Sindicales a Juntas de Personal del personal Docente no Universitario en Centros Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 7 de octubre de 2014, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se ratifica el Acuerdo alcanzado entre la Administración y los Sindicatos para armonizar el proceso electoral de representantes a las Juntas de Personal de los funcionarios docentes no universitarios de centros públicos dependientes del Gobierno de Aragón, que se celebrarán en el año 2014.

TRÁMITE:
- Elecciones Sindicales: El proceso comienza con la promoción de elecciones y continúa con la constitución de las mesas electorales, publicidad del censo electoral (electores y elegibles), presentación y proclamación de candidaturas y finaliza con la votación, el acta de escrutinio y la atribución de resultados.
- Subvenciones Sindicales: El procedimiento se inicia de oficio (hasta la entrada en vigor del Decreto 195/1996, se iniciaba mediante solicitud de subvención presentada por las organizaciones sindicales). Si falta algún requisito se da a los interesados un plazo de diez días para formular alegaciones. La distribución de la subvención entre las organizaciones sindicales será negociada y acordada con las mismas, debiéndose respetar su grado de representatividad. La cantidad se determinará mediante Orden del Consejero titular del Departamento competente en materia de Función Pública. El pago de la subvención se realizará una vez se haya acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos. El importe total de las subvenciones será el fijado en la correspondiente Ley de Presupuestos.
- Horas sindicales: El Servicio de Relaciones Laborales y Asuntos Sociales efectúa el control del uso de las horas sindicales de la bolsa de horas recogida en el Acuerdo Administración-Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales, concedida para su utilización por miembros de Juntas de Personal o Comité de Empresa, delegados de Personal o Delegados Sindicales, como garantía de las horas que tanto la norma laboral pactada como la normativa vigente fija para tales representantes en los cometidos propios de su función sindical.
- Asambleas: Control de la adecuación a la normativa de las asambleas solicitadas por las organizaciones sindicales.
- Dispensados Sindicales:Concesión de las dispensas sindicales recogidas en el Acuerdo Administración - Sindicatos sobre derechos y garantías sindicales.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
- Elecciones Sindicales: Solicitudes de promoción de elecciones. Constitución de las mesas electorales. Notificaciones miembros mesas. Listados y notificaciones de los censos electorales (electores y elegibles). Presentación y proclamación de candidaturas. Organización de la jornada electoral. Actas de escrutinio. Publicación de resultados.
- Subvenciones Sindicales: Solicitud de subvención (hasta 1996). Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social. Certificación de constitución y pervivencia de la organización sindical. Relación de facturas y datos bancarios. Resolución del Consejero. Documento ADO (desde 1999).
- Horas sindicales: Solicitudes de uso de horas sindicales. Estadillos de horas sindicales.
- Asambleas: Escritos de solicitud de celebración de asambleas. Escritos de denegación, en su caso.
- Dispensados Sindicales: Solicitudes de dispensa. Orden del Consejero de concesión o denegación de dispensa. Listados de dispensados.

FECHA INICIAL:
1989

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
6 - 10 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
90038 Horas sindicales: 6 años oficina productora
90040 Asambleas sindicales: 6 años oficina productora
90037 Subvenciones Sindicales: 10 años
90036 Elecciones sindicales: Conservación permanente
90039 Dispensados Sindicales : Conservación permanente

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20121126

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 10 de diciembre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 18/01/2013)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20121126

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