Identificación
SERIE:
00159 Conciliaciones Individuales
FUNCIÓN:
21.02. Trabajo. Relaciones laborales
Descripción
OBJETO:
Celebrar actos de conciliación entre la empresa y el trabajador. Es un requisito previo para interponer la demanda ante la jurisdicción social.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Subdirección de Trabajo. Sección de Conciliación y Representación. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo sobre Relaciones de Trabajo
• Real Decreto-ley 5/1979, de 26 de enero, sobre creación del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
• Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. (art. 154)
TRÁMITE:
El trabajador interpone una demanda ante el Servicio Provincial de Trabajo reclamando a la empresa. El Jefe de la Sección cita a las partes a comparecer en el Servicio provincial con el fin de intentar una avenencia. Se levanta acta del
acuerdo o del no acuerdo, y si no comparece alguna de las partes se levanta acta también.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Papeleta de demanda, diligencias de citación de las partes, actas de conciliación (originales).
FECHA INICIAL:
1999
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA
ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
ACCESO:
Restringido
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE
VALORACIÓN:
20110617
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 7 de julio de 2011, del Departamento de Presidencia,
por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 27/07/2011 )
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20110617