Contratación de Trabajadores: Subvenciones
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Identificación

SERIE:
00567 Contratación de Trabajadores: Subvenciones

FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.

Descripción

OBJETO:
Conceder subvenciones para la contratación de trabajadores por cuenta ajena.

ORGANISMO PRODUCTOR:
- Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. Dirección General de Trabajo. Servicio de Economía Social. Sección de Promoción de Empleo. - Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Dirección Provincial. Sección de Promoción Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Decreto 4/96 de 30 enero, Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. Dirección General de Trabajo. Servicio de Economía Social. Sección de Promoción de Empleo.
• Orden del 12 de julio de 1996 del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. por la que se determinan los programas objeto de subvención para el año 1996 en Fomento de Empleo.
• Decreto 134/1996 de 11 de julio, sobre Fomento de Empleo.
• Decreto 58/1997, de 29 de abril, sobre Fomento de Empleo.
• Decreto 114/1998, de 9 de junio, del Gobierno de Aragón de fomento de empleo.
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 48/2000, de 29 de febrero, del Gobierno de Aragón, sobre fomento de la contratación estable.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo. • Decreto 34/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, sobre fomento de la contratación estable
• Decreto 32/2002, de 5 de febrero, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.
• Decreto 47/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.
• Decreto 56/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.
• Decreto 29/2011, de 22 de febrero, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.
• Decreto 110/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, de medidas de fomento del empleo estable y de calidad.
• Decreto 69/2014, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, de fomento del empleo y estímulo del mercado de trabajo.
• Decreto - Ley 2/2013, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la ejecución del Plan Impulso 2013 para el crecimiento económico y la protección social
• Orden del 13 de septiembre 2013, del Consejero de Economía y Empleo, (BOA 12/09/2013) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de empleo y el estímulo del mercado de trabajo en el marco del Plan Impulso 2013 del Gobierno de Aragón para la reactivación económica y la generación de empleo y por la que se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones.
• Orden de 22 de junio de 2015 de 2015, del Departamento de Economía y Empleo (BOA 14/07/2015) por el que se aprueba el programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el mismo.
• Resolución de 18 de agosto de 2015, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, (BOA 11/09/2015) por la que se convocan para el año 2015 las subvenciones reguladas en la Orden de 22 de junio de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo

TRÁMITE:
Hasta el año 2002.- Aprobación de bases reguladoras de las subvenciones. Solicitud de los interesados dirigida al Director General de Trabajo junto con la documentación exigida, propuesta de resolución del Jefe del Servicio de Economía Social con el conforme del Director General, notificación de la resolución al interesado. En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador al cabo de 3 años para comprobar si se cumplen los requisitos.
A partir de 2002.- Aprobación de bases reguladoras y convocatoria anual. Solicitud de los interesados dirigida a los Directores Provinciales del Inaem junto con la documentación exigida, resolución de los Directores Provinciales del Inaem, notificación de la resolución al interesado. En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador al cabo de 3 años para comprobar si se cumplen los requisitos
Se incluye en esta serie el procedimeinto extraordinario del Plan impulso 2013 mediante el cual se ha subvencionadoaquellas empresas que contraten trabajadores desempleados con contrato temporal o indefinido de personas con discapacidad.
También se incluye el Programa Oportunidad Empleo Joven mediante el cual se ha subvencionado la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud, Informe de la vida laboral, contrato de trabajo, certificados de estar al corriente de la Seguridad Social, impreso de identificación del titular de la empresa contratante con el numero de trabajadores que ha tenido, copia del documento contable ADO o , D y O, resoluciones y justificantes de notificación.
En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador al cabo de 3 años para comprobar si se cumplen los requisitos

FECHA INICIAL:
1996

FECHA FINAL:
1998

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
3 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
- Expurgo a los 5 años despues del cierre de los exedientes financiados con recursos propios.
- Se pueden destruir los expedientes cuya fecha de pago haya transcurrido mas de tres años desde el cierre del programa operativo correspondiente:
- Expedientes hasta 1999, fecha de expurgo.- 2005
- Expedientes de 2000 a 2007.- Fecha de expurgo.- Noviembre de 2014
- Expedientes de 2008 a 2013.- Expurgo.- Tres años desde que se produzca el cierre del PO Aragón-.
No obstante aquellos expedientes que tengan abierto un expediente de seguimiento, se retirarán y se guardará hasta que finalicen esos expedientes.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)

OBSERVACIONES:
Se incluye Como financiación propia: Plan Impulso y el programa de oportunidad de empleo joven

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20050101
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20150715

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