Orden de Transferencias a Bancos
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Identificación

SERIE:
00651 Orden de Transferencias a Bancos

FUNCIÓN:
03.04. Gestión de recursos económicos. Control interno, contabilidad y tesorería.

Descripción

OBJETO:
Ejecución de los pagos a través de entidades bancarias

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento Economía y Hacienda. Intervención General. Servicio Tesorería Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 4/86, de 4 de junio, de Hacienda, de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
Las transferencias se dividen a partir de 1986 en presupuestarias y extrapresupuestarias. Las presupuestarias hasta el año 1988 incluido se relacionan en ordenes y listados. A partir de 1989 solo hay listados informáticos ordenados por fecha de pago, firmados dos veces y sellados por las entidades bancarias. Las extrapresupuestarias se ordenan por numero correlativo de transferencia y van selladas por las entidades bancarias.
A partir de la implantación de la aplicación SERPA no se diferencian los listados de transferncias entre presupuestarias y extrapresupuestarias.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Son relaciones y listados informáticos firmados por el Interventor y el Ordenador de Pagos y sellados por la entidad bancaria.
A partir de 1986 se transfieren divididas en presupuestarias y extrapresupuestarias.
Se ordenan por número correlativo de transferencia.
Las extrapresupuestarias incluyen los Mandamientos de Pago y los Mandamientos de Ingreso, los boletines de la transferencia del banco correspondiente, resguardos de depósitos, cheques etc.
Epígrafes de los listados: Título: Relación Transferencias realizadas con fecha: XX XX XXXX Por el Banco: XXXXXXX Documento PM/ Documento Obligación/ DNI-CIF/ Nombre/ Denominación/ Banco/ Sucursal/ Código Identificación / Cuenta Corriente/Importe

FECHA INICIAL:
1980

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20080519

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 4 de julio de 2008, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 10/07/2008).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20080519
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20150729

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