Frutos de Cáscara: Ayudas
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Identificación

SERIE:
00693 Frutos de Cáscara: Ayudas

FUNCIÓN:
04.03 Agricultura, ganadería y alimentación. Producción y sanidad vegetal

Descripción

OBJETO:
Ayuda a la mejora de la calidad y de la comercialización de cultivos específicos, como los frutos de cáscara y las algarrobas. Desde el año 2006 son las ayudas por las declaraciones de superficie de frutos de cáscara incluidas en la Declaración PAC (solicitud conjunta de ayudas).

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación . Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación. Sección de Regulación de Mercados y Ayudas Sectoriales Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Reglamento (CEE) 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas.
• Reglamento (CEE) 790/1989, del Consejo, de 20 de marzo, por el que se fija el importe de la ayuda suplementaria a tanto alzado para a constitución de organizaciones de productores así como el importe máximo de la ayuda para la mejora de la calidad y de la comercialización en el sector de los frutos de cáscara y algarroba.
• Reglamento (CEE) 2159/89, de 18 de julio, de la Comisión, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de las medidas especiales previstas en el Título II bis del Reglamento (CEE) nº 1035/72 para los frutos de cáscara y las algarrobas.
• Orden [ministerial] de 18 de julio de 1989 por la que se regula el reconocimiento específico de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas en el sector de los frutos de cáscara y algarroba conforme al artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo, y se establecen normas respecto a la ayuda suplementaria para la constitución de las citadas organizaciones.
• Reglamento (CE) n° 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) n° 2200/96, (CE) n° 2201/96 y (CE) n° 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas.
• Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1290/2005, (CE) nº 247/2006, (CE)378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1782/2003.
• Reglamento (CE) nº 1122/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo en lo referido a la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los agricultores.
• Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
• Orden de 28 de enero de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen las medidas para la solicitud de la ayuda de régimen de pago único, de la asignación de derechos de pago único con cargo a la reserva nacional, de las ayudas por superficie y por ganado para la campaña 2010/2011 (año 2010), para la declaración de otro tipo de superficies, para la solicitud de la indemnización compensatoria, para las ayudas agroambientales y para la solicitud de las ayudas para la forestación de tierras agrícolas, para el año 2010.

TRÁMITE:
Tras la aprobación del Plan de mejora de la calidad y de la comercialización por el Ministerio, las Organizaciones Productoras de Frutas y Hortalizas (OPFH) deben presentar cada año una solicitud de ayudas, con las facturas y documentos justificantes, en el Servicio Provincial. El Gobierno de Aragón elige un 5% de la superficie para inspeccionar. En caso de error se elabora un informe y, si procede, se penaliza a toda la OPFH, no al agricultor. Dicho informe se envía al Ministerio. Control ministerial. Pago de las ayudas.
AÑO 2009:
Los agricultores que en una campaña deseen obtener la ayuda deben presentar una solicitud única, en la que están obligados a declarar la integridad de la explotación. Los agricultores tienen la obligación de declarar sus parcelas conforme a las referencias del SIGPAC, pudiendo solicitar la modificación de las mismas mediante la presentación de alegación al SIPGAC. Durante la tramitación de esta ayuda se establecen unos controles que tienen por objeto garantizar la comprobación eficaz del cumplimiento de las condiciones de su concesión. Los controles más importantes son los controles administrativos y de campo. También se realizan otros controles específicos. Tras la realización de todos los controles, se efectúan los pagos o en su caso la denegación de la ayuda.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud, con fichas de socios de la OPFH, certificaciones, planos. Informes y actas de control. Documentos de pago.
DESDE 2009: Resoluciones de desistimiento de Declaraciones PAC así como de inadmisión de declaraciones presentadas fuera de plazo. Modificaciones de datos de los expedientes (de oficio o a solicitud del interesado). Certificaciones de las OPFH. Declaraciones PAC de otras Comunidades autónomas. Informes de alegaciones al SIGPAC. Copias de actas de control de campo. Recursos referentes tanto a las solicitudes de ayuda como a las alegaciones al SIGPAC.

FECHA INICIAL:
1990

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 15/03/2010)

OBSERVACIONES:
Los Planes de Mejora de la Calidad y la Comercialización de los frutos de cáscara y algarroba se iniciaron en 1990 y acabaron en 2006 (10 años más ampliaciones). La Unión Europea concedía una ayuda del 55% durante los 10 años de vigencia del plan canalizada a través de una Organización de Productores de Frutos y Hortalizas. La ayuda se concede por hectárea y el cobro quedaba supeditado a la realización de determinadas tareas de explotación. Conforme se acababa el plan de mejora para cada OPFH pasaban a ser ayudas de la PAC. Las OPFH podían ampliar superficie una vez pasados tres años del inicio del plan o crear una nueva OPFH para acogerse a un nuevo plan de 10 años.

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