Aeropuertos y Aeródromos
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Identificación

SERIE:
00785 Aeropuertos y Aeródromos

FUNCIÓN:
22.01. Transportes. Infraestructura del transporte

Descripción

OBJETO:
Autorización para instalar aeródromos y helipuertos que no son declarados de interés general en Aragón, inspección anual de las instalaciones para comprobar el cumplimiento de la normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Informar aquellos Planes Directores de aeropuertos de interés general radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme con el procedimiento que la legislación establece.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. Dirección General de Transportes. Servicio de Ingeniería del Transporte Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 3524/1981, de 18 de diciembre por el que se transfieren a la Diputación General las competencias en materia de transportes.
• Decreto 93/1982, de 26 de octubre, por el que se distribuyen las competencias en materia de transportes.
• Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, 29 mayo 1951.
• Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General.

TRÁMITE:
La Comunidad Autónoma de Aragón, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, informa los Planes Directores de los Aeropuertos de Interés General del Ministerio de Fomento.
Igualmente, en virtud de las competencias que el Estatuto de Autonomía de Aragón le otorga, otorga las autorizaciones para la puesta en marcha de los aeródromos y helipuertos que no son declarados de interés general.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Planes Directores, estudios técnicos de viabilidad, proyectos, trámites de solicitudes, actas de inspección.


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Restringido

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Por motivos de seguridad pública.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20090223

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de marzo de 2009, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos.(BOA 27/03/2009)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20090223

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