Fomento de la Movilidad de Investigadores: Ayudas
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Identificación

SERIE:
00702 Fomento de la Movilidad de Investigadores: Ayudas

FUNCIÓN:
05.01. Ciencia y tecnología. Investigación y desarrollo.

Descripción

OBJETO:
Fomentar la movilidad, internacionalización y permeabilidad del personal investigador de los centros y organismos de investigación.
Se financian dos tipos de actuaciones:
A) para investigadores de Aragón que se van fuera de la Comunidad Autónoma y
B) para atraer a investigadores de fuera a nuestra Comunidad Autónoma.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. Dirección General de Investigación e Innovación. Servicio de Gestión de la Investigación e Innovación Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Decreto 119/2005, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior;
• Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior;
• Decreto 148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación y sociedad de la información.

TRÁMITE:
Convocatoria pública (Se publica en BOA).
Presentación de la solicitud por el centro junto con la documentación.
Evaluación por parte del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
Resolución del Director General de Investigación o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
Aceptación de la ayuda.
Recursos administrativos.
Presentación de la documentación justificativa.
Pago de la ayuda.
Reintegros, en su caso.
Cuenta con financiación de FSE desde 2016.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
- Documentación relativa a la tramitación administrativa: tramitación de la convocatoria y la resolución de concesión, pagos, recursos, reintegros, etc.
- Solicitud, con documentación adjunta: a) CIF del centro u organismo de investigación solicitante así como, en su caso, NIF de su representante. Solo se exigirá cuando el centro u organismo no sea público. b) Los documentos justificativos de la constitución y de la inscripción en el registro correspondiente del centro u organismo. Solo se exigirá cuando éste no sea público. c) Los documentos que acrediten el poder de representación de quién actúe como representante del solicitante. d) Para el caso de la actuación A, fotocopia del documento nacional de identidad del investigador objeto de la movilidad. Para el caso de la actuación B, fotocopia del pasaporte del investigador objeto de la movilidad. e) En el caso de la actuación A, fotocopia del documento acreditativo del grado doctor del investigador objeto de la movilidad. f) Currículum vitae del investigador objeto de la movilidad, en cualquier formato utilizado en una convocatoria pública de programas nacionales o regionales de investigación. En el caso de la actuación B, se podrá presentar curriculum en inglés. g) Descripción de la tarea investigadora a realizar (máximo 4 páginas). h) Historial investigador del grupo receptor (máximo 2 páginas). i) En el caso de la actuación A, carta de aceptación para el desarrollo de la actividad investigadora, firmada por el responsable del centro receptor del investigador objeto de la movilidad. En el caso de la actuación B, carta de compromiso del investigador objeto de la movilidad, para integrarse en el grupo de investigación durante el periodo para el que se solicita la ayuda.
- Evaluación por parte del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
- Resolución del Director General de Investigación o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
- Aceptación de la ayuda.
- Recursos administrativos.
- Documentación justificativa de la realización de la actividad subvencionada: a) Escrito de presentación de la documentación. b) Certificación firmada por el responsable del centro receptor del investigador objeto de la movilidad acreditando la realización y la duración de su estancia, así como su dedicación a la actividad investigadora dentro del equipo en el que se haya integrado. c) Memoria de la actividad realizada firmada por el investigador objeto de la movilidad en el caso de la actuación A o por el investigador responsable del grupo de investigación reconocido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el caso de la actuación B.
- Pago de la ayuda.
- Reintegros, en su caso.

FECHA INICIAL:
2005

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160602

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/649/2016, de 16 de junio, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/07/2016)

OBSERVACIONES:
Expurgo a los 2 años: solicitudes desistidas, denegadas o no concedidas.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20140730

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