Ayudas a Empresas del Sector Agroalimentario
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Identificación

SERIE:
00683 Ayudas a Empresas del Sector Agroalimentario

FUNCIÓN:
04.04.01. Agricultura, ganadería y alimentación. Industrias agroalimentarias.

Descripción

OBJETO:
Facilitar ayudas para la mejora de las condiciones de transformacion, comercialización y promoción de productos agrarios.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento Agricultura y Medio Ambiente. Dirección General de Politica Alimentaria. Dirección General Producción, Industrialización y Comercialización Agraria.
1999-2002: Dpto Agricultura. Dirección General Producción Agraria. Serv. Ayudas a la Producción.

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros. (Vigente hasta el 31 de diciembre de 1998)
• Decreto 88/1988, de 24 de junio, de la Diputacion General de Aragon, por el que se establecen ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios.
• Decreto 123/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios.
• Decreto 123/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios.
• Decreto 152/1998, de 28 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 123/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios.

TRÁMITE:
El interesado presenta la solicitud en el Servicio Provincial de Agricultura. El Departamento suscribe convenios de colaboración con entidades financieras para la concesion de los créditos.
El interesado presenta ante la entidad financiera elegida el informe de la Dirección General, que es una resolución de la Dirección General, vinculante para la concesión de intereses.
Las entidades financieras deben remitir a la Dirección General una copia del documento publico formalizado. El plazo de amortizacion será de 7 años como máximo y dos mas de carencia.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Convenios originales con las entidades financieras, fotocopias de las resoluciones de concesion de la ayuda. Documentos de gestión de las licitaciones de cereales etc..

FECHA INICIAL:
1994

Observaciones

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
Pendiente de Calificación por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos

OBSERVACIONES:
Documentación muy suelta en su mayoria fotocopias.Los expedientes de cada subvención se tramitan en los servicios provinciales.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20140730

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