Autorizaciones de Quemas de Rastrojos
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Identificación

SERIE:
01055 Autorizaciones de Quemas de Rastrojos

FUNCIÓN:
14.00. Medio Ambiente

Descripción

OBJETO:
Autorizar la quema de matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y, en general, despojos vegetales que tengan continuidad con otros restos vegetales.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Agricultura y Alimentación. Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación. Subdirección
Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Orden de 18 de junio de 1985, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, sobre prevención y extinción de incendios forestales
• Orden de 11 de febrero de 1999, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 1999/2000
• Decreto 78/2005, de 12 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los requisitos legales de gestión y buenas condiciones agrarias y medioambientales para la percepción de pagos directos en el marco de la política agrícola común
• Orden de 24 de enero de 2008, conjunta de los Departamentos de Agricultura y Alimentación y de Medio Ambiente, por la que se establecen las medidas para la solicitud, tramitación y concesión para el año 2008 de ayudas agroambientales correspondientes a los compromisos del programa 2000-2006 que aún no han finalizado.

TRÁMITE:
La persona que quiere efectuar la quema presenta la solicitud en la OCA o en el Ayuntamiento colaborador. Le autoriza el Servicio Provincial si cumple los requisitos establecidos en las órdenes vigentes sobre prevención y lucha contra incendios forestales, y sobre buenas condiciones agrarias (autorización por motivos fitosanitarios, por la necesidad de disponer de suelos libres de restos de cosecha o por razones agronómicas para llevar a cabo labores singulares y específicas).

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud. Informe. Resolución. Notificación.

FECHA INICIAL:
1999

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

PLAZO DE EXPURGO:
5 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100212

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de marzo de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 15/03/2010).

OBSERVACIONES:
1. La quema de restos vegetales que no tengan continuidad espacial entre sí o con otros restos vegetales presentes en el territorio no requiere autorización, sino notificación previa al Servicio Provincial.
2. Desde el año 2000, la prevención y lucha contra incendios forestales la lleva a cabo el Departamento de Medio Ambiente.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100212
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
20151215

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