Identificación
SERIE:
00969 Expedientes Tutela de Adultos
FUNCIÓN:
20.04. Servicios y sectores sociales.
Dependencia y tutela
Descripción
OBJETO:
Seguimiento y coordinación del ejercicio de la tutela de los incapacitados, que la autoridad judicial encomienda a la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Servicios Sociales y Familia. Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Dirección Provincial.
Subdirección de Programas Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Código Civil. De la incapacitación (Titulos IX y X).
• Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de derecho de la Persona (Título III).
• Ley de Enjuiciamiento Civil: artículos 756 a 763. De los procesos sobre la capacidad de las personas
• Real Decreto 251/1982, de 15 de enero, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a Entes Preautonómicos en materia de Servicios y Asistencia Sociales.
• Decreto 168/1998, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos.
• Decreto 13/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican parcialmente el Decreto 168/1998, de 6 de octubre, por el que se crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos, y el Decreto 113/2000, de 13 de junio,
del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
• Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
TRÁMITE:
Aunque los procedimientos de incapacitación y posterior gestión son
muy variados y peculiares, se podrían sistematizar en:
Comienzo del trámite con la providencia del Juzgado comunicando a la Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales la posible designación de la Comisión de Tutela como defensor judicial del presunto incapaz. Aceptación de defensa
judicial. Cédula de emplazamiento para contestar a la demanda. Sentencia de incapacitación. Providencia para aceptar el cargo tutelar. Aceptación de cargo tutelar. Inventario de bienes. Solicitud de autorizaciones al Juzgado. Información sobre
cambios en la situación. Rendición de cuentas. Cuentas generales de la gestión.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
El expediente completo del tutelado está sistematizado en cinco carpetas tituladas: Área social, Área jurídica, Área económica, Área patrimonial, Otros documentos (documentos
identificativos, cuyo contenido aprobó la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma de Aragón).
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
Parcial
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Mientras el expediente esté abierto, se expurgarán los documentos aprobados en el informe “Directrices en materia de archivo de expedientes de tutelas de adultos”
realizado por la Sección de Tutelas de los Servicios Centrales del IASS. Una vez cerrado el expediente, será de conservación permanente.
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (artículos 5 y 81).
• Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (artículo 7).
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos relativos a la salud
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20100118
PUBLICACIÓN EN EL
BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 12 de febrero de 2010, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 01/03/2010)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20100118