Identificación
SERIE:
01168 Ayudas Previas a la Jubilación
FUNCIÓN:
21.02. Trabajo. Relaciones laborales
Descripción
OBJETO:
Tramitación de los fondos para ayudas previas a la jubilación ordinaria correspondientes a la C. A. de Aragón, asignados por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Dirección General de Trabajo. Servicio de Relaciones Laborales, Estudios y Documentación Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Orden de 5 de octubre de 1994 por la que se regula la concesión de ayudas, Previas a la Jubilación Ordinaria en el Sistema de la Seguridad social, a Trabajadores Afectados por Procesos de
Reestructuración de Empresas.
• Real Decreto 3/2014, de 10 de enero, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, a trabajadores afectados por procesos de reestructuración
de empresas.
TRÁMITE:
El Ministerio de Trabajo e Inmigración asigna a la Comunidad Autónoma una cantidad para destinar exclusivamente al fin de
esta subvención. Previamente, se remite al Ministerio el estado justificativo de la subvención correspondiente al ejercicio anterior.
Las subvenciones reguladas por esta Orden tienen por objeto facilitar una cobertura económica a los trabajadores afectados por los procesos de extinción de relaciones de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción,
siempre que cumplan los requisitos y condiciones exigidos en la misma, hasta tanto se alcance la situación de jubilación, en su modalidad contributiva en el sistema de la Seguridad Social. Su gestión ha sido asumida por las Comunidades Autónomas con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Se financia con recursos finalistas de la Administración Central.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud, datos personales (incluida partida de nacimiento), datos laborales y de Seguridad Social de los trabajadores afectados,
justificante de pago de la aportación de la empresa por la primera anualidad y avales de las siguientes, tramitación en Intervención, comunicaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social, etc.
FECHA INICIAL:
1994
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
20 años
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
La fecha de expurgo se contabilizará a partir de la jubilación
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20110617
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 7 de julio de 2011,
del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 27/07/2011 )
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20110617