Ayudas Previas a la Jubilación
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Identificación

SERIE:
01168 Ayudas Previas a la Jubilación

FUNCIÓN:
21.02. Trabajo. Relaciones laborales

Descripción

OBJETO:
Tramitación de los fondos para ayudas previas a la jubilación ordinaria correspondientes a la C. A. de Aragón, asignados por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Dirección General de Trabajo. Servicio de Relaciones Laborales, Estudios y Documentación Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Orden de 5 de octubre de 1994 por la que se regula la concesión de ayudas, Previas a la Jubilación Ordinaria en el Sistema de la Seguridad social, a Trabajadores Afectados por Procesos de Reestructuración de Empresas.
• Real Decreto 3/2014, de 10 de enero, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.

TRÁMITE:
El Ministerio de Trabajo e Inmigración asigna a la Comunidad Autónoma una cantidad para destinar exclusivamente al fin de esta subvención. Previamente, se remite al Ministerio el estado justificativo de la subvención correspondiente al ejercicio anterior.
Las subvenciones reguladas por esta Orden tienen por objeto facilitar una cobertura económica a los trabajadores afectados por los procesos de extinción de relaciones de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre que cumplan los requisitos y condiciones exigidos en la misma, hasta tanto se alcance la situación de jubilación, en su modalidad contributiva en el sistema de la Seguridad Social. Su gestión ha sido asumida por las Comunidades Autónomas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Se financia con recursos finalistas de la Administración Central.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud, datos personales (incluida partida de nacimiento), datos laborales y de Seguridad Social de los trabajadores afectados, justificante de pago de la aportación de la empresa por la primera anualidad y avales de las siguientes, tramitación en Intervención, comunicaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social, etc.

FECHA INICIAL:
1994

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
20 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
La fecha de expurgo se contabilizará a partir de la jubilación

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20110617

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 7 de julio de 2011, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 27/07/2011 )

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20110617

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