Control de Riesgos de Accidentes Graves por Sustancias Peligrosas
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Identificación

SERIE:
01157 Control de Riesgos de Accidentes Graves por Sustancias Peligrosas

FUNCIÓN:
21.01. Trabajo. Salud laboral

Descripción

OBJETO:
Guardia y custodia de documentación remitida a la Dirección General de Trabajo, como miembro del Comité Técnico de Seguimiento, de las medidas previstas sobre el control de las empresas con afectación de la reglamentación sobre control de los riesgos inherentes a los accidentes graves donde intervengan sustancias peligrosas.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Dirección General de Trabajo. Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 1254/99, de 16 de jlio,por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
• Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas
• Decreto 309/2002, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, de distribución de competencias y funciones entre los distintos organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

TRÁMITE:
Los Servicios Provinciales competentes en materia de Industria remiten las documentaciones que se reciben de los titulares de los establecimientos y que pueden corresponder a:
- Notificaciones de actividad (artº 6 y Anexo II. Real Decreto 1254/99)
- Descripción del sistema de gestión en la política de prevención de accidentes graves (artº 7 y Anexo III. Real Decreto 1254/99)
- Informe de seguridad (artº 9. Real Decreto 1254/99)
- Planes de emergencia interior
- Datos para estructurar un Plan de Emergencia Exterior
- Cuantos datos e informaciones le sean requeridos por las autoridades competentes

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
La actuación técnica se fundamenta en el estudio de la documentación, control de actividades y posterior archivo de la documentación recibida, y en su caso, informe sobre la misma.

FECHA INICIAL:
2003

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales y datos que afectan al paciente

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20110617

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 7 de julio de 2011, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 27/07/2011 )

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20110617

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