Identificación
SERIE:
02145 Registro de Empresarios de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos
FUNCIÓN:
12.02. Juego, espectáculos y ocio. Espectáculos
Descripción
OBJETO:
Inscripción de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Política Territorial e Interior. Dirección General de Interior. Servicio de Autorizaciones Administrativas y Sanciones. Sección de Espectáculos Públicos y
Control de Juego. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas (de aplicación transitoria en virtud
de la disposición final primera de la citada Ley 11/2005).
• Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 22 de junio de 2011, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación de solicitudes de diversos procedimientos del Departamento de Política Territorial,
Justicia e Interior, en materia de espectáculos público.
TRÁMITE:
Solicitud de inscripción. Resolución.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Nueva inscripción en el registro: licencia de
funcionamiento concedida por el Ayuntamiento de la localidad en que se ubica el establecimiento o en su defecto, solicitud de licencia de funcionamiento, acompañada de la hoja indicativa de los documentos aportados con la solicitud y comunicación de
inicio de la actividad.
Cambio de titular del establecimiento: la licencia de funcionamiento del titular que transmite y la comunicación del cambio de titularidad de la licencia, efectuada conjuntamente por el transmitente de la licencia y el nuevo solicitante. Tasa
administrativa.
FECHA INICIAL:
1987
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
La información de la base de datos tendrá que conservarse en un formato que permita su uso y explotación posterior acorde con el Catálogo de estándares recogido en la
Norma Técnica de Interoperabilidad (Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares) manteniendo su autenticidad e
integridad.
ACCESO:
Libre
INFORMACIÓN SOBRE EL
ACCESO:
Es público
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20111116
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 9 de diciembre de
2011, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 27/12/2011)
OBSERVACIONES:
Existe un Tramitador
digital electrónico (TED), que además de tramitador tiene incluido un registro histórico de documentos por cada expediente.
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20111116