Identificación
SERIE:
20053 Registro Administrativo de Títulos y Centros de Formación de Buceo Profesional
FUNCIÓN:
18.00. Protección ciudadana
Descripción
OBJETO:
Inscripción de los títulos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional y de los centros autorizados para impartir cursos de formación de buceador profesional en la Comunidad Autónoma de
Aragón. Convalidación de títulos, tarjetas, libros y demás acreditaciones relativas al buceo profesional.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de
Política Territorial e Interior. Dirección General de Interior. Servicio de Seguridad y Protección Civil. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 613/1999, de 16 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de
la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de buceo profesional.
• Decreto 149/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo
profesional.
• Decreto 297/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se asigna al Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior las funciones referidas a la materia de buceo profesional.
• Decreto de 22 de
octubre de 2008, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el régimen de actividad, organización y funcionamiento del Registro administrativo de Títulos y Centros de Formación de buceo profesional.
TRÁMITE:
Presentación de la documentación según la normativa y registro o convalidación de la misma. La inscripción en el Registro a que se refiere
esta Orden es obligatoria para poder ejercer de buceador profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón así como para poder impartir los cursos para la obtención de los diferentes títulos de buceador profesional.
EXPEDIENTE:
Fotocopia del DNI o documentación equivalente que acredite la identidad del solicitante. Documentación justificativa, o fotocopia compulsada, del documento o
acto que se pretenda inscribir. Resguardo del abono de la tasa correspondiente
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
ACCESO:
Libre
Observaciones
FECHA DE
CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20111116
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 9 de diciembre de
2011, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 27/12/2011)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20111116