Habilitación Guías de Turismo
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Identificación

SERIE:
02004 Habilitación Guías de Turismo

FUNCIÓN:
23.02. Turismo. Actividades turísticas

Descripción

OBJETO:
Habilitación para el ejercicio de la actividad de guía de turismo y reconocimiento de habilitaciones expedidas por otras comunidades autónomas o estados europeos.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía y Empleo. Dirección General de Turismo. Servicio de Ordenación y Regulación de las Actividades Turísticas Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 6/2003,de 27 de febrero, del Turismo de Aragón.
• Decreto 264/2007, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Guías de Turismo.
• Ley 3/2010, de 7 de junio, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/2003, de 27 de febrero, del Turismo de Aragón.

TRÁMITE:
Las personas que deseen ejercer la actividad de guías de turismo en Aragón deberán cumplir los requisitos de titulación y solicitar su participación en las pruebas de habilitación según convocatoria. Todas las habilitaciones o los reconocimientos serán inscritos de oficio en el Registro de Turismo de Aragón.
En el momento de la inscripción en el Registro de Turismo de Aragón, el departamento competente en materia de turismo facilitará a los guías de turismo y guías locales un carné o credencial en el que deberá constar su número de orden, fotografía, datos personales, idiomas cuyo conocimiento hubiesen acreditado, así como la categoría que ostenta y el ámbito territorial para el que resulta válida su habilitación.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Pruebas escritas, evaluación oral, escrito solicitando a los aprobados la documentación necesaria para tramitar el carnet de guía. Resolución del director general de Turismo para la concesión del carnet profesional de guía.

FECHA INICIAL:
2002

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
8 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20121018

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 5 de noviembre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/11/2012).

OBSERVACIONES:
NREX: 713 expurgo previo al inventario.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20121018

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