Coordinación de la Prevención de Riesgos Laborales
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Identificación

SERIE:
01253 Coordinación de la Prevención de Riesgos Laborales

FUNCIÓN:
02.07. Gestión de recursos humanos. Prevención de riesgos

NOMBRE DE SUBSERIE:
90025 Organización de PRL
90026 Gestión de PRL
90027 Relación con otros órganos de PRL
90028 Contratos con Servicios de Prevención Ajenos
90029 Evaluación de riesgos laborales
90030 Plan de prevención
90031 Formación
90032 Información
90033 Vigilancia de la Salud
90034 Coordinación de actividades empresariales
90035 Órganos de participación PRL

Descripción

OBJETO:
Coordinación de las acciones y programas en materia de prevención de riesgos laborales, de los tres Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (Administración General, Salud y Educación)

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Hacienda y Administracion Publica. Direccion General de Funcion Publica. Servicio de Relaciones Laborales y Asuntos Sociales
Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Orden de 12 mayo de 1992, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se establece las normas generales en caso de accidente de trabajo y enfermedades profesionales.
• Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
• Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. • Orden de 8 de enero de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se articulan los mecanismos de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Comunidad Autónoma.
• Orden de 17 de marzo de 1997, de los Departamentos de Presidencia y Relaciones institucionales y de Economía Hacienda y Fomento, sobre procedimiento de actuación para la ejecución de los proyectos en materia de prevención de riesgos laborales.
• IV, V y VI Convenio Colectivo para Personal Laboral que presta sus servicios en la Diputación General de Aragón, correspondientes a los años 1990, 1994 y 1998
• Decreto 168/2002, de 14 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, en materia de prevención de riesgos laborales, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 18/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento para la adaptación del puesto de trabajo y movilidad por motivos de salud, de los empleados públicos del ámbito sectorial de Administración General de la Administración del Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
Organización de PRL:
Referente a la organización encontramos documentación sobre la estructura del área de prevención con referencia a los puestos de trabajo, sus modificaciones, cambios de adscripción, etc. Siempre que afecten a todos los ámbitos de los Servicios de PRL.
Funciones:
1. Organización de los Servicios de Prevención
2. Creación de puestos
3. Modificación de puestos.
4. Cambios de adscripción de puestos
5. Coordinación normativa


Gestión de PRL:
Referente a procedimientos de gestión de necesidades propias: Compra de máquinas, aparatos, equipos de trabajo, gestión de formación, gestión en la realización de mediciones, reconocimiento médicos especiales siempre que excedan del ámbito de un Servicio de PRL, etc
Funciones:
- Gestión de necesidades propias siempre que excedan del ámbito de un Servicio de PRL: Compra de máquinas, aparatos, equipos de trabajo,
- Gestión de formación siempre que exceda del ámbito de un Servicio de PRL: Cursos, Congresos, etc
- Gestión en la realización de mediciones, reconocimiento médicos especiales siempre que excedan del ámbito de un Servicio de PRL, etc


Relación con otros órganos con competencias en PRL:
Desde la Coordinación se tiene contacto directo con otros órganos competentes en prevención de riesgos laborales de otras CCAA, la Inspección de Trabajo, Autoridades Sanitarias, Instituto de Seguridad y Salud Laboral, etc. lo que da como resultado un flujo de comunicaciones, informes etc.
Funciones:
- La coordinación de los Servicios de PRL se puede relacionar con otros Órganos con competencia en materia de PRL

Contratos con Servicios de Prevención Ajenos:
Desde la Dirección General y más concretamente el Servicio de Relaciones Laborales que lleva la coordinación en materia de PR, se encarga de la contratación del Servicio de Prevención ajeno que realiza los reconocimientos médicos de todo el personal del ámbito de Administración General, Educación y una parte de Salud y los reconocimientos médicos de inicio de todo el personal al Servicio de la CCAA. Igualmente se encargaría de la contratación de cualquier otro tipo de estudio en materia de PRL, siempre que este excediera de un solo ámbito de Prevención de Riesgos Laborales. Funciones:
- La coordinación de los Servicios de PRL puede contratar con Servicios de Prevención Ajenos cuando este contrato exceda de un ámbito de Servicio de PRL.

Evaluación de Riesgos Laborales:
Evaluaciones de riesgos laborales cuando de excedan del ámbito de un Servicio de PRL, etc (Por ejemplo las OCAs donde hay personal perteneciente a varios servicios) Plan de prevención: Como coordinación tendrán los Planes de Prevención de todos los ámbitos
Funciones:
- Como coordinación tendrán los Planes de Prevención de todos los ámbitos
Formación:
Como coordinación tendrán los Planes de Formación de todos los ámbitos
Funciones:
- Como coordinación tendrán los Planes de Formación de todos los ámbitos

Información:
Como Coordinación se tendrá toda la información que se de a los trabajadores sobre los riesgos en materia de PRL cuando se exceda del ámbito de un Servicio de PRL
Funciones:
- Se Informará a todos los trabajadores sobre los riesgos en materia de PRL cuando se exceda del ámbito de un Servicio de PRL

Vigilancia de la salud:
En materia de vigilancia de la salud, la actividad sanitaria abarca:
Vigilancia a través del reconocimiento médico:
Accidentes de trabajo
Enfermedades profesionales
Vacunaciones
Visitas a centros
Asistencia en primeros auxilios
Campañas Sanitarias,
Adaptación de puesto y Movilidad por motivos de salud

Desde la coordinación se gestionan los expedientes de adaptación de puesto de trabajo cuando no existe vacante idónea en el mismo Departamento del trabajador y los de movilidad por motivos de salud que podrá consistir en el cambio de categoría profesional, previa declaración de incapacidad permanente para la profesión habitual o el cambio de escala en los supuestos de situación equivalente declarada por el Director General de la Función Pública a propuesta de la Comisión de Valoración.
Se podrá tener información de todos estos temas siempre que esa información sea de la coordinación con los distintos ámbitos. Funciones: Se llevará a cabo la vigilancia de la salud de todos los trabajadores cuando exceden de más de un ámbito del Servicio de Prevención. Coordinación de actividades empresariales: Cuando exceda del ámbito de un Servicio de PRL, etc Órganos de participación PRL: La coordinación gestiona la Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales, así como el buen funcionamiento de las Comisiones Sectoriales y de los Comités de Seguridad y Salud. Igualmente coordina y mantiene el Registro de Delegados de PRL /Comités de Seguridad y Salud/Comisiones Sectoriales/Comisión Autonómica. Realizando todos los trámites administrativos necesarios

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Organización de la prevención y Gestión del Servicio de PRL, Relación con otros órganos con competencias en PRL: Informe Justificativo del Responsable de la coordinación de la Unidad de PRL sobre la necesidad o la gestión que se pretende realizar, y aprobación de la Secretaría General Técnica.
Contratos con Servicios de Prevención Ajenos: Informe Justificativo o Pliego de Prescripciones Técnicas del Responsable de la Unidad de PRL de la gestión, Aprobación de la Secretaría General, acompañando al Pliego de Prescripciones Técnicas con el Pliego de Prescripciones Administrativas.
Evaluación de Riesgos Laborales: Oficio de petición razonada por parte de los Departamentos, de evaluación del centro, puesto, equipo, máquina, etc. Informe de Evaluación de riesgos iniciales y periódicos firmados por Técnico competente del Servicio de PRL. Informe de seguimiento de medidas correctoras enviado por el Departamento.
Plan de prevención: Plan de Prevención del Departamento
Formación: Remisión del Plan de Formación, Plan de Formación de los Departamentos del ámbito, Otras actuaciones derivadas de la coordinación.
Información: Folletos, escritos Instrucciones, hojas informativas, Memoria Anual etc.
Reconocimientos listados del personal que debe asistir, a juicio técnico al reconocimiento con la hoja modelo de citación al reconocimiento y los específicos marcados. Listados de aptos/ no aptos del personal que asiste al reconocimiento.
Movilidad por motivos de salud: Informe modelo de petición de movilidad por motivos de salud y con un sobre cerrado donde se encuentra sus justificantes sanitarios relacionados con su estado de salud. Evaluación de puesto de trabajo realizada por técnico de PRL. Informe Médico, Informe propuesta de resolución, Resolución
Accidentes de trabajo: Listados de incidentes/accidentes de trabajo por Departamento, Informe de investigación, Informe del seguimiento
Enfermedades profesionales: Listados de enfermedades profesionales por Departamento. Informe de evaluación del puesto, Informe del seguimiento sanitario
Vacunaciones: Informe o escrito por parte del equipo sanitario informando sobre la necesidad de la misma. Se publica en Portal del empleado. Relación de trabajadores que, siendo susceptibles de ese tipo de vacunación. Relación definitiva del personal que acude a la vacunación.
Órganos de participación PRL: Escritos convocando al órgano adjuntando toda la documentación que se tratará en la misma referente a las todas actuaciones. Peticiones y propuestas que se adjunten de las diferentes Comisiones Sectoriales, actas de las reuniones.

FECHA INICIAL:
1988

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
20 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
90029 Evaluación de riesgos laborales: expurgo a los 20 años
90025 Organización de PRL: Conservación permanente
90026 Gestión de PRL: Conservación permanente
90027 Relación con otros órganos de PRL: Conservación permanente
90028 Contratos con Servicios de Prevención Ajenos: Conservación permanente
90030 Plan de prevención: Conservación permanente
90031 Formación: Conservación permanente
90032 Información: Conservación permanente
90033 Vigilancia de la Salud: Conservación permanente
90034 Coordinación de actividades empresariales: Conservación permanente
90035 Órganos de participación PRL: Conservación permanente

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20121126

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 10 de diciembre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 18/01/2013)

OBSERVACIONES:
La documentación remitida por la MAZ es interesante para estudios médicos.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20121126

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