Gestor de Residuos No Peligrosos
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Identificación

SERIE:
01323 Gestor de Residuos No Peligrosos

FUNCIÓN:
14.01. Calidad ambiental

Descripción

OBJETO:
Autorizar las instalaciones donde se gestionen residuos no peligrosos para actividades de valorización o eliminación.

ORGANISMO PRODUCTOR:
1999: Departamento de Agricultura y Medio Ambiente. Dirección General de Calidad Ambiental. Servicio de Residuos Industriales.
2000-2003: Departamento de Medio Ambiente. Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental. Servicio de Residuos Industriales.
2004-2007: Departamento de Medio Ambiente. Dirección General de Calidad Ambiental. Servicio de Control Ambiental.
2008-2001: Departamento de Medio Ambiente. Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Servicio de Control Ambiental.
2012: Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Dirección General de Calidad Ambiental. Servicio de Control Ambiental.

LEGISLACIÓN:
• Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.
• Decreto 49/2000, de 29 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la autorización y registro para la actividad de gestión para las operaciones de valorización o eliminación de residuos no peligrosos y se crean los registros para otras actividades de gestitón de residuos no peligrosos distintas de las anteriores y para el transporte de residuos peligrosos.
• Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.
• Decreto 2/2006 ,de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos industriales no peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización en la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 40/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de la producción, posesión y gestión de neumáticos fuera de uso y del régimen Jurídico del servicio público de valorizacion y eliminación de neumáticos fuera de uso en la comunidad autónoma de Aragón.
• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

TRÁMITE:
El trámite se inicia con una solicitud de autorización de actividades de gestión de residuos no peligrosos, acompañada por un proyecto visado por un técnico competente, compuesto por un proyecto técnico y un proyecto de explotación.
Cuando se trate de actividades de valorización de residuos que se utilicen directamente en su propio proceso industrial como materia prima o como sustitutivo de productos comerciales , sin necesidad de someterlos a tratamientos previos que alteren sus características físicas, qímicas o biológicas, se presentará una memoria suscrita por un técnico competente.
Hasta 2005, esta solicitud se dirigía a la Dirección General de Calidad Ambiental, donde también se llevaba a cabo su efectividad (esto es, la comprobación de que todos los requisitos establecidos en la autorización se cumplen, reflejada documentalmente en un acta de inspección). En cambio, a partir de esta fecha, la solicitud se dirige al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), quien se encargará de su tramitación, aunque la efectividad de la autorización seguirá siendo competencia de la Dirección General de Calidad Ambiental.
Las autorizaciones para realizar actividades de gestión de residuos no peligrosos especificarán las condiciones necesarias para su ejercicio, el tiempo de su vigencia, las causas de caducidad y las características de la fianza que el solicitante de la autorización deberá depositar. Las autorizaciones se pueden ampliar, modificar o cesar.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Expediente compuesto de la instancia de Solicitud de Autorización de Gestor, el proyecto técnico de la industria, el proyecto de explotación de la misma, los informes del personal y las actividades concretas a las que se va a dedicar cada uno de los técnicos asignados al proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental según lo establezca la legislación en vigencia, la fianza preceptiva.
El expediente también contendrá el informe-propuesta de Resolución de Autorización, la Resolución de Autorización de Gestor de Residuos no Peligrosos y el Acta de inspección con la cual se dará Efectividad a la Autorización de Gestor. Se adjuntarán al expediente, en su caso, la solicitud de modificación de la Autorización, junto con la correspondiente Resolución de Modificación de la Autorización de Gestor de Residuos no Peligrosos, así como la solicitud de Prórroga y la correspondiente Resolución de Prórroga de la autorización. Asimismo, se adjuntarán al expediente las Actas de Inspección y la documentación derivada del seguimiento de la Autorización de Gestor de Residuos Peligrosos (documentos generados por la Administración y/o administrado).

FECHA INICIAL:
1998

SERIES RELACIONADAS:
20303 Autorización de Actividades de Gestión de Residuos no Peligrosos. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental

Observaciones

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
Pendiente de calificación por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20151215

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