Identificación
SERIE:
01317 Programas de Desarrollo Rural de Aragón
FUNCIÓN:
04.00. Agricultura, ganadería y
alimentación
Descripción
OBJETO:
Elaboración de los Programas necesarios para la participación del Gobierno de Aragón en todas las medidas previstas y llevadas a cabo con fondos europeos destinados a los sucesivos Programas de Desarrollo Rural, a
través primero del FEOGA-Garantía y a partir del 2007 mediante el FEADER (Fondo Europeo de Desarrollo Rural).
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento
de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Dirección General de Desarrollo Rural. Servicio de Programas Rurales Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2000-2006
• Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo de 17 de Mayo de 1999.
• Reglamento (CE) 1750/1999 de la Comisión de 28 de Julio de 1999.
• El Programa Regional de Desarrollo Rural para Aragón (2000-2006) fue aprobado por decisión de la Comisión de 13 de Septiembre de 2000 C (2000) 2657 final.
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2007-2013
• Reglamento (CE) 1698/2005 de ayuda al desarrollo rural a través del FEADER.
• Directrices comunitarias de desarrollo rural (Decisión del Consejo de 20 de febrero de 2006).
• Reglamento (CE) 1974/2006. Aplicación del R 1698/05.
Existe un marco general para España definido en los documentos:
• Plan Estratégico Nacional.
• Marco Nacional (el Marco establece elementos comunes, de aplicación obligatoria en todos los programas españoles).
TRÁMITE:
El Desarrollo
Rural se configura a partir de la Agenda 2000 como el segundo pilar de la Política Agraria Comunitaria a partir del periodo de programación 2000-2006. La misión fijada para el FEADER se centra en la promoción de un desarrollo rural sostenible en
toda la Unión Europea, como complemento de las políticas de apoyo al mercado y a las rentas aplicadas en el marco de la política agrícola común, la política de cohesión y la política pesquera común, que debe contribuir a las demás prioridades
políticas recogidas en las conclusiones de los Consejos de Lisboa y Gotemburgo relativas a la competitividad y el desarrollo sostenible. La ayuda al desarrollo rural a través del FEADER debe contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:
a) Aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura mediante la ayuda a la reestructuración, el desarrollo y la innovación; b) Mejorar el medio ambiente y el medio rural mediante la gestión de tierras; c) Mejorar la calidad de vida en
las zonas rurales y fomentar la diversificación de la actividad económica.
La Dirección General de Desarrollo Rural ejecuta y desarrolla las funciones de coordinación, seguimiento y control de los programas comunitarios de desarrollo rural. La redacción de los planes se realiza por el Gobierno de Aragón, de acuerdo con
el marco normativo y las exigencias establecidas tanto a nivel nacional como comunitario.
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2000-2006:
España optó por realizar una programación con criterios horizontales y regionales de manera conjunta y simultánea. Las medidas incluidas en los programas horizontales se considera que responden a problemas comunes para todo el territorio
nacional, que son esenciales para el desarrollo sostenible de la agricultura y el desarrollo rural y que deben ser aplicadas de un mismo modo en todas las comunidades autónomas con el objeto de asegurar una igualdad territorial. El primero de los
programas horizontales aplicados en España es el Programa de Medidas de Acompañamiento (Medidas Agroambientales, Indemnización Compensatoria, Jubilación Anticipada y Forestación de Tierras), que se financian tanto en Objetivo nº 1 como en Fuera de
Objetivo nº 1 por FEOGA-Garantía, aunque lógicamente con distinta tasa de cofinanciación. Las medidas abordan algunas de las más importantes debilidades de la agricultura española y apoyan los cambios que son esenciales para asegurar el desarrollo
sostenible del sector agrario, tomando en cuenta al agricultor, a los consumidores y al medio ambiente. A estas medidas se unen como prioritarias en el ámbito nacional las de Inversiones en Explotaciones Agrarias, Instalación de Jóvenes Agricultores
y Gestión de Recursos Hídricos. Dado que estas medidas son financiadas por FEOGA-Orientación en regiones Objetivo nº 1 y por FEOGA-Garantía en regiones Fuera de Objetivo nº 1, su aplicación se realiza con dos programas distintos, denominados
Programas de Mejoras de las Estructuras, uno para cada una de las dos zonas. Además de estos programas horizontales, en cada Comunidad Autónoma se aplica un programa específico en el que se incluyen el resto de medidas del Reglamento (CE) 1257/1999
en función de las necesidades y particularidades de cada una de ellas. Aragón se encuentra entre las regiones españolas en zonas no comprendidas en Objetivo nº 1. A la programación anterior se suman los programas LEADER+. En cada Comunidad Autónoma
se aplica un programa específico además de un programa nacional en el que se incluyen los cinco Grupos de Acción Local que afectan a más de una Comunidad Autónoma y la Célula de animación y Promoción del Desarrollo Rural. Los objetivos prioritarios
del PDR 2000-2006 son los siguientes: Mejora de la competitividad; Diversificación de la actividad agraria; Conservación y restauración del medio natural; Mejora de la calidad de vida y formación. El ámbito de aplicación del Programa Regional de
Desarrollo Rural de Aragón (2000-2006) es el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón considerado como zona Objetivo 2 de acuerdo con la Decisión de la Comisión de 14 de marzo de 2000, es decir, toda la región excepto los distritos 2, 3b y 9 de
Zaragoza capital.
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2007-2013:
En el periodo 2007-2013 las Directrices Estratégicas Comunitarias para el Desarrollo Rural establecen los siguientes ámbitos de actuación: 1. Mejorar la competitividad agraria; 2. Mejorar el medio ambiente y el entorno rural; 3. Mejorar la
calidad de vida en las zonas rurales y diversificar la economía rural; 4. Desarrollar la capacidad local de creación de empleo y diversificación; 5. Garantizar la coherencia de la Programación; 6. Complementariedad entre instrumentos comunitarios.
Sobre la base de las Directrices Estratégicas Comunitarias, España ha elaborado su Plan Estratégico Nacional que garantiza la coherencia entre las prioridades comunitarias, nacionales y regionales. El Plan Estratégico Nacional se aplica a través de
17 Programas de Desarrollo Rural (PDR) de carácter regional, uno por Comunidad Autónoma, entre los que se cuenta el PDR de Aragón. España ha presentado un Marco Nacional, conforme al apartado 3 del artículo 15 del Reglamento (CE) 1698/2005, que
contiene elementos comunes para los Programas de Desarrollo Rural de las Comunidades Autónomas de España.
La mayor parte de la documentación de esta serie es electrónica, ya que existe una aplicación informática a nivel europeo, en la que se cargan todos los documentos definitivos de elaboración del PDR, esta aplicación se llama SFC 2007. La sección
de Programas Rurales tiene acceso a dicha aplicación y puede descargar estos documentos, por lo que se acuerda que una vez finalizado el programa correspondiente, se descarguen estos documentos definitivos de dicha aplicación y se transfieran en un
formato plano al Archivo de la Administración.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
La documentación está compuesta por los Programas, sus modificaciones, las evaluaciones intermedias y los informes anuales, así como documentos derivados de dichas tramitaciones. Incluye la
documentación ordenada cronológicamente, que se deriva de la tramitación de este programa. También hay listados de expedientes, listados informáticos que contienen los datos de las ayudas concedidas.
FECHA INICIAL:
2000
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
ACCESO:
Libre
Observaciones
FECHA DE
CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20130620
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 2 de julio de 2013,
del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2013)
OBSERVACIONES:
Conservar además en formato plano la versión digital de los documentos definitivos
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20130620