Autorización Días de Apertura en Festivos
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Identificación

SERIE:
01346 Autorización Días de Apertura en Festivos

FUNCIÓN:
06.00. Comercio

Descripción

OBJETO:
Determinación de los días de apertura autorizados en domingos y festivos para cada año en los establecimientos comerciales que no se acogen al régimen especial de horarios.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Dirección General de Comercio y Artesanía. Servicio de Ordenación y Promoción Comercial Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 4155/1982, de 29 de diciembre, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de reforma de estructuras comerciales y comercio interior (Efectividad a partir del día 1 de enero de 1983).
• Ley 9/89 de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón
• Ley 7/96, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
• Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura en festivos.
• Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
• Decreto Ley 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial y la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.

TRÁMITE:
Efectuado el trámite de consultas al sector se procede al análisis de las respuestas obtenidas y se extraen los resultados. El proceso termina con la publicación de la Orden del Consejero por la que se aprueban los festivos para cada año, sin perjuicio de que cada ayuntamiento puede modificar hasta dos festivos en su término municipal, debiendo comunicarlo a la Dirección General de Comercio y Artesanía.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Consultas y respuestas, resumen festivos, Orden de festivos, cambios de festivos comunicados por los ayuntamientos.

FECHA INICIAL:
2005

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20131203

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 16 de enero de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 19/02/2014)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20131203

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