Identificación
SERIE:
00315 Artesanía: Subvenciones
FUNCIÓN:
11.03. Industria. Artesanía
Descripción
OBJETO:
Conceder ayudas para el desarrollo de la artesanía en Aragón.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e
Innovación. Dirección General de Comercio y Artesanía. Servicio de Comercio exterior, ferias y artesanía. Ver evolución organismo
LEGISLACIÓN:
• Decreto 93/86, de 25 de septiembre, por el que se regula la concesión de
subvenciones a favor de actividades encuadradas dentro del sector artesano.
• Ley 1/89, de 24 de febrero de Artesanía de Aragón.
• Decreto 93/98, de 28 de abril de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las ayudas al sector artesano.
• Decreto 248/2001, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, sobre ayudas al sector artesano.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Decreto 183/2010, de 5 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de concesión de subvenciones correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y
ferias en la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 20 de febrero de 2012, del Consejero de Industria e Innovación por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Industria e Innovación.
TRÁMITE:
Se presenta la documentación exigida en la orden de convocatoria en los servicios provinciales correspondientes, éstos informan la solicitud y envían todos los originales a la dirección general,
para que resuelva el director general. Una vez concedida la subvención se aportan las facturas y justificantes de los gastos.
VIGENCIA:
Serie
abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud. Documentación identificativa del solicitante, documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones
establecidas en la convocatoria de ayudas, memoria del proyecto, documentación justificativa de la ejecución del proyecto, justificantes de gasto y de pago. Certificaciones emitidas por el órgano instructor referidas al cumplimiento de la condición
de beneficiario y de la ejecución del proyecto. Documentos contables D y O.
FECHA INICIAL:
1986
FECHA FINAL:
2009
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL
ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
10 años
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE
EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20131203
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 16 de enero de
2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 19/02/2014)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20131203