Registro de Actividades Feriales de Aragón
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Identificación

SERIE:
20210 Registro de Actividades Feriales de Aragón

FUNCIÓN:
06.02. Comercio. Ferias y mercados

Descripción

OBJETO:
Registro oficial en el que se inscriben todas las ferias y exposiciones oficiales clasificadas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Dirección General de Comercio y Artesanía. Servicio de Comercio Exterior, Ferias y Artesanía Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Decreto 103/1986, de 22 de octubre, de la Diputación General de Aragón sobre Ferias Comerciales.
• Decreto 70/1991, de 4 de abril, de la Diputación General de Aragón sobre ferias comerciales
• Decreto 217/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias en Aragón
• Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón.

TRÁMITE:
La solicitud ya sea de inscripción de la Entidad Organizadora (Libro I) o de inscripción de la Actividad Ferial (Libro II) se realiza a instancia de parte debiendo acompañarse de la siguiente documentación:
• Identificación del solicitante
• Nombre de la Feria
• Fecha de celebración
• Contenido de la manifestación ferial (artículos objeto de la feria)
• Lugar de celebración
• Equipamiento del que dispone el recinto o lugar de celebración
• Persona responsable de la manifestación ferial. Datos personales identificativos
• Reglamento por el que se vaya a regir la actividad ferial
• Presupuesto de ingresos y gastos

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud y documentación adjunta.

FECHA INICIAL:
1986

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
La información de la base de datos tendrá que conservarse en un formato que permita su uso y explotación posterior acorde con el Catálogo de estándares recogido en la Norma Técnica de Interoperabilidad (Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares) manteniendo su autenticidad e integridad.

ACCESO:
Libre

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20131203

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 16 de enero de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 19/02/2014)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20131203

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