Identificación
SERIE:
01359 Autorizaciones de Modalidades de Ventas en Liquidación y Venta de Saldos
FUNCIÓN:
06.01. Comercio. Comercio interior
Descripción
OBJETO:
- Venta en Liquidación: Comunicación por parte del empresario de comercio de la venta promocional en el establecimiento por las causas tasadas en la norma.
- Venta de saldos: Comunicación por parte del empresario de comercio de la venta promocional en el establecimiento con indicación de si desea dedicarse exclusivamente o no a la venta de artículos de saldo.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Servicio Provincial. Sección de Comercio y Artesanía Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 2596/82 de 24 de julio, del Ministerio de Industria y Energía, sobre competencias transferidas a la Diputación General de Aragón en materia de industria y energía.
• Real Decreto 4155/1982, de 29 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materias de reforma de estructuras comerciales y comercio interior.
• Decreto 75/87, de 9 de junio, de la Diputación General de Aragón, sobre distribución de las competencias transferidas.
• Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial en Aragón.
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista.
• Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
• Decreto Ley 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial y la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos
TRÁMITE:
La comunicación de la venta en liquidación y la venta de saldos se presentará en los servicios provinciales de Industria e Innovación de la
provincia donde este ubicado el establecimiento. Los empresarios de comercio pueden pedir el permiso de liquidación cada tres años.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Comunicación del interesado de la venta en liquidación o venta de saldos, autorización del Servicio Provincial.
FECHA INICIAL:
2000
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO
HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
10 años
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20131203
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 16 de enero de
2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 19/02/2014)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20131203