Mandamientos de Pago
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Identificación

Mandamientos de Pago

SERIE HORIZONTAL:
10016

FUNCIÓN:
03.04. Gestión de recursos económicos. Control interno, contabilidad y tesorería.

Descripción

OBJETO:
Realizar los pagos por obligaciones contraídas por operaciones presupuestarias o extrapresupuestarias.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Hacienda y Administración Pública. Intervención General.Servicio de Contabilidad Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 4/1986, de 4 de junio, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Orden de 28 de febrero de 1985 y Orden de 11 de marzo de 1986 sobre pagos a justificar.
• Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
1) Operaciones Presupuestarias: pueden realizarse pagos en firme o a justificar. Se consignan todas las operaciones con cargo al presupuesto, excepto nóminas que tienen un proceso informatizado que sustituye a los documentos contables "ADOP".
2) Operaciones Extrapresupuestarias: pueden realizarse sólo pagos en firme. En todos los casos deben incluir los justificantes (facturas, contratos, órdenes de servicio, etc.), excepto en pagos a justificar, que se presentan más adelante, dando lugar al tipo documental Pagos a Justificar. Se gestionan también los pagos por obligaciones contraídas con avales, fianzas y depósitos.
Se generan en los diferentes departamentos, enviándose a la Intervención para su fiscalización y ordenación del pago por el Ordenador de Pagos (Consejero de Economía y Hacienda o persona en la que esté delegada la facultad).

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
1) Operaciones Presupuestarias: Documentos Contables en la fase de pago: Documentos "P", "OP", "ADOP"; a partir de 1995, documentos "O", y "ADO".
2) Extrapresupuestarias: Impreso de mandamiento de pago.

FECHA INICIAL:
1978

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
15-25 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Mandamientos de pagos: 15 años
Mandamientos de pagos. (Avales, fianzas y depósitos): 25 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20080519

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 4 de julio de 2008, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 10/07/2008).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20080519

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