Control Pleno Posterior
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Identificación

Control Pleno Posterior

SERIE HORIZONTAL:
10020

FUNCIÓN:
03.04. Gestión de recursos económicos. Control interno, contabilidad y tesorería

Descripción

OBJETO:
Control pleno sobre los expedientes sometidos a intervención previa de requisitos esenciales (expedientes de gastos de personal y de subvenciones y ayudas públicas) para garantizar la fiabilidad y objetividad de su intervención.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Intervención General. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 4/1986 de 4 de junio, de Hacienda, de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
El Interventor General dicta anualmente una instrucción sobre qué tipo de expedientes van a ser objeto de un control pleno posterior, las Intervenciones Delegadas hacen un muestreo, según el sistema marcado por la instrucción, y solicitan a los órganos gestores que remitan los expedientes enteros que, una vez auditados, vuelven a su origen.
Se redacta un informe provisional que se remite a los servicios gestores para que hagan alegaciones y por último se redacta el informe definitivo, que se remite a la Intervención General.
Este régimen especial se aplica para la intervención previa de aquellos expedientes de gastos de personal y de subvenciones y ayudas públicas que se determinen por el Gobierno de Aragón, conforme al cual se comprobarán, únicamente, los siguientes extremos: a) la existencia de crédito presupuestario y que el propuesto sea el adecuado a la naturaleza del gasto u obligación que se proponga contraer, b) la competencia del órgano que genera el gasto y, c) los requisitos esenciales que se determinen por el Gobierno de Aragón a propuesta del Consejero competente en materia de Hacienda, previo informe de la Intervención General.
Sobre aquellos otros extremos no recogidos anteriormente, la Intervención General podrá formular las observaciones que considere convenientes sin que las mismas tengan, en ningún caso, efectos suspensivos en la tramitación del procedimiento. Los expedientes sometidos a intervención previa de requisitos esenciales serán objeto de control pleno posterior sobre la totalidad o una muestra de los mismos o mediante los procedimientos o técnicas de auditoría que se determinen por la Intervención General, de forma que se garantice la fiabilidad y objetividad de su intervención.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Informe provisional, notificaciones, peticiones de documentación, alegaciones, informe definitivo y modificación de requisitos.

FECHA INICIAL:
2003

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
15 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20080519

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 4 de julio de 2008, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 10/07/2008).

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20080519

Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
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