Ingresos
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Identificación

Ingresos

SERIE HORIZONTAL:
10029

FUNCIÓN:
03.04. Gestión de recursos económicos. Control interno, contabilidad y tesorería

Descripción

OBJETO:
Reflejo contable de los ingresos, de las devoluciones efectuadas en contabilidad por ingresos indebidos y de los certificados por ingresos nuevos no contemplados en el presupuesto de ingresos.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. Intervención General. IIntervenciones Delegadas en los Departamentos, Delegaciones Territoriales y Organismos Autónomos Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 4/88, de 4 de junio, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 44/1989, de 18 de abril, por el que se regulan los reintegros de pagos indebidos.
• Orden de 8 de septiembre de 1999, del Dpto. de Economía, Hacienda y Función Pública, sobre delegación competencias en materia de ordenación de pagos
• Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
1.- Ingresos indebidos: Instancia del interesado solicitando la devolucion del ingreso, realización de la comprobación y devolucion del importe desde la tesoreria.
2.- Reflejo contable de los ingresos. Elabaoración de los documentos contables R, I, y RI.
3.-Certificados de ingresos nuevos no presupuestados. Elaboración del informe.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
1.- Ingresos: Comunicación a Intevención del Director del Servicio Provincial con conformidad del Interventor Delegado correspondiente (modelo Anexo I); Documento RI; justificante bancario del abono.
2.- Ingresos Indebidos: Notificación al interesado de la resolución de la devolución de ingreso; copia certificado ingreso del Servicio de Contabilidad; certificación del Jefe de Sección confirmada por Jefe Servicio; Copia O de la parte de la subvención certificada; documento MP

FECHA INICIAL:
2003

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
15 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales.

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20080519

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 4 de julio de 2008, del Departamento de Presidencia, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos (BOA 10/07/2008).

OBSERVACIONES:
El Decreto 21/2003 crea las Intervenciones Delegadas en los Departamentos y Organismos Autónomos pero alguno de éstos últimos, tenían Intervención delegada antes de este año y por eso existe documentación anterior al año 2003.

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20080519

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