Registro de Profesionales Habilitados en Seguridad Industrial
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Identificación

SERIE:
01411 Registro de Profesionales Habilitados en Seguridad Industrial

FUNCIÓN:
11.05. Industria. Seguridad industrial y metrología.

Descripción

OBJETO:
Inscribir en el registro de Profesionales Habilitados (R.P.H) con los requisitos establecidos para cada trámite de alta, convalidación y renovación.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Servicio Provincial
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LEGISLACIÓN:
• Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial
• Orden de 22 de marzo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se aprueba el texto refundido de los anexos I, II, III, IV y V del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón.

TRÁMITE:
Se solicita el certificado de profesional habilitado por el interesado, aportando títulos y certificados profesionales. Recogiendo las diferentes especialidades, categorías y modalidades reconocidas al profesional. Se le asigna un solo número de inscripción en el R.P.H. que coincidirá con el número de identificación fiscal o número de identificación de extranjero (NIF o NIE) del titular.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
- Formulario de solicitud (modelo E0101)
- Copia de los títulos o certificados requeridos para la solicitud del certificado de profesional habilitado.
- Certificados de experiencia profesional y otros documentos.
- Copia del Certificado de profesional habilitado o carné vigente a renovar.
- Certificación de la Comunidad Autónoma que lo expidió de no haber sido sancionado o inhabilitado para el ejercicio de la actividad.
- Justificación acreditativa del cambio de residencia o lugar habitual de ejercicio profesional.
- Fotocopia del Certificado de superación de curso homologado requerido para la admisión, emitido por una Entidad de formación autorizada por la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Justificante de pago de autoliquidación de la tasa. (modelo 514)
- Documentación específica que se regule para la convalidación.


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Libre

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20150616

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 1 de Julio de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2015)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150410

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