Identificación
SERIE:
01419 Reparadores de Instrumentos de Medida Sometidos a Control Metrológico del Estado
FUNCIÓN:
11.05. Industria. Seguridad industrial y metrología.
Descripción
OBJETO:
Inscribir a los reparadores de instrumentos de medida sometidos a control metrológico en el Registro de Control Metrológico del Estado. Se consigna el inicio de la actividad, cese de
la actividad y modificación de datos.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Dirección General de Industria de la Pequeña
y Mediana Empresa. Servicio de Metrología y Seguridad y Calidad Industrial.
Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
• Corrección de errores del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de
tacógrafos digitales.
• Corrección de errores del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
• Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
• Real Decreto 2032/2009, de 30 de diciembre, por el que se establecen las unidades legales de medida.
• Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
• Real Decreto 1284/2010, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida
• Real Decreto 339/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida, para adecuarlo a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre,
de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
• Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología
TRÁMITE:
Formulario de declaración responsable (modelo E3002).
Autoliquidacion de tasa (moldeo 514).
Remisión al solicitante del Certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
- Solicitud.
- Autoliquidacion tasa
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
Sí
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
PLAZO DE EXPURGO:
5 años
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Eliminar los documentos aportados para incluir en el Registro de Control Metrológico del Estado que es de competencia estatal y no se valora en la comisión.
ACCESO:
Libre
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20150616
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 1 de Julio de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de
Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2015)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150410