Control por Riesgos Inherentes a los Accidentes Graves en los que Intervengan Sustancias Peligrosas
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Identificación

SERIE:
01543 Control por Riesgos Inherentes a los Accidentes Graves en los que Intervengan Sustancias Peligrosas

FUNCIÓN:
11.05. Industria. Seguridad industrial y metrología.

Descripción

OBJETO:
Informes sobre Notificaciones e Inspecciones periódicas y no periódicas de Industrias sujetas a control por riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Industria e Innovación. Dirección General de Industria de la Pequeña y Mediana Empresa. Servicio de Metrología y Seguridad y Calidad Industrial.
Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil
• Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
• Real Decreto 700/1998, de 24 de abril, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.
• Real Decreto 1254/1999 de 16 de julio, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas
• Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencia de Aragón.
• Decreto 309/2002 de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, de distribución de competencias y funciones entre los Organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
• Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas
• Orden de 24 de septiembre de 2004, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el contenido de los dictámenes de evaluación que elaboran los organismos de control en el ámbito de accidentes graves.
• Ley 4/2004, de 22 de junio, de Modificación de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón.
• Resolución de 30 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Interior, por la que se establecen criterios orientativos de interpretación a determinados artículos del Decreto 309/2002, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, de distribución de competencias y funciones entre los distintos organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
• Orden de 22 de enero de 2004, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se ordena la ejecución de las competencias asignadas a este Departamento por el Decreto 309/2002, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón.
• Real Decreto 948/2005, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
• Real Decreto 119/2005, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
• Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
• Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, con la finalidad de adaptar sus disposiciones al Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento REACH).
• Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
• Decreto Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
• Real Decreto 717/2010, de 28 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
• Corrección de errores del "Boletín Oficial de Aragón" al Decreto-Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.
• Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.
• Orden de 13 de marzo de 2015, del Consejero de Industria e innovación, por la que se regula el procedimiento de elaboración de los Planes de inspección industrial en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
El Industrial de un establecimiento, tanto del Grupo I como del Grupo II, deberá presentar a la Dirección General de Interior, la notificación de las sustancias peligrosas que almacena en el establecimiento, el plan de emergencia interior, el informe de seguridad o la Inspección periódica correspondiente. La Dirección General de Interior remitirá dicha documentación al Servicio Provincial correspondiente por razón de territorio.
El órgano competente para evaluar la suficiencia de las medidas de seguridad adoptadas en los establecimientos y la suficiencia de la información aportada por el industrial es la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Departamento de Industria e Innovación.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
- Solicitud,
- Documentación técnica
- Informe de Servicio Provincial
resolucion o informe de la direccion general????


Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

ACCESO:
Libre

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20150616

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden de 1 de Julio de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/08/2015)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150513

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