Ayudas Económicas a Empresas de Inserción: Programa ARINSER
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Identificación

SERIE:
01586 Ayudas Económicas a Empresas de Inserción: Programa ARINSER

FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.

Descripción

OBJETO:
Conceder subvenciones para la contratación de aquellas personas en situación de exclusión social

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Servicio de Promoción Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 114/1998 del Gobierno de Aragón por el que se regulan medidas de fomento de empleo.
• Decreto 21/1999 del Gobierno de Aragón para el Fomento de la Contratación Estable.
• Decreto 33/2002 del Gobierno de Aragón por el que se regulan las empresas de Inserción.
• Decreto 37/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Empresas de Inserción Laboral y se aprueba el Programa ARINSER de ayudas económicas para la integración socio-laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión.
• Orden de 31 de julio de 2009, del Departamento de Economía y Empleo por el que se aprueba el programa Arinser.
• Decreto 37/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Empresas de Inserción Laboral y se aprueba el Programa ARINSER de ayudas económicas para la integración socio-laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión.
• Decreto 128/2009, de 21 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se regula el régimen de las empresas de inserción y el procedimiento para su calificación y registro en la Comunidad Autónoma de Aragón.

TRÁMITE:
Hasta el año 2002.- Aprobación de bases reguladoras de las subvenciones. Solicitud de los interesados dirigida al Director General de Trabajo junto con la documentación exigida, propuesta de resolución del Jefe del Servicio de Economía Social con el conforme del Director General, notificación de la resolución al interesado. En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador al cabo de 3 años para comprobar si se cumplen los requisitos.
A partir de 2002.- Aprobación de bases reguladoras y convocatoria anual. Solicitud de los interesados dirigida al Director Gerente del Inaem junto con la documentación exigida, resolución del Director Gerente del Inaem, notificación de la resolución al interesado. En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador al cabo de 3 años para comprobar si se cumplen los requisitos

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud, Informe de la vida laboral, contrato de trabajo, certificados de estar al corriente de la Seguridad Social, impreso de identificación del titular de la empresa contratante con el numero de trabajadores que ha tenido, copia del documento contable ADO o , D y O, resoluciones y justificantes de notificación.

FECHA INICIAL:
1998

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
3 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Se pueden destruir los expedientes cuya fecha de pago haya transcurrido mas de tres años desde el cierre del programa operativo correspondiente:
- Expedientes hasta 1999, fecha de expurgo.- 2005
- Expedientes de 2000 a 2007.- Fecha de expurgo.- Noviembre de 2014
- Expedientes de 2008 a 2013.- Expurgo.- Tres años desde que se produzca el cierre del PO Aragón-.
No obstante aquellos expedientes que tengan abierto un expediente de seguimiento, se retirarán y se guardará hasta que finalicen esos expedientes.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150715

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