Identificación
SERIE:
01648 Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en Centros Especiales de Empleo: Ayudas
FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.
Descripción
OBJETO:
Conceder subvenciones para el mantenimiento de las Unidades de Apoyo profesional en los centros especiales de empleo.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Servicio de PromociónVer evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo.
• Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
• Orden de 17 de julio de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de apoyo a la actividad profesional en los
Centros Especiales de Empleo.
TRÁMITE:
Aprobación de bases reguladoras mediante Decreto u Orden, convocatoria anual, solicitud de los interesados
al Director Gerente del Inaem junto con la documentación exigida, resolución del Director Gerente del Inaem, notificación de la resolución al interesado. Una vez realizada la acción, deben presentar los documentos justificativos de la subvención.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud, certificados de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda, resolución, contratos de trabajo, curriculum, altas en la Seguridad Social. copia del documento contable ADO o D y O y justificantes de
notificación. Una vez transcurrido el periodo subvencionado, deben presentar para la justificación de la subvención: nominas de los trabajadores, TC-1 y TC-2 y modelos 111 así como los correspondientes justificantes de pago de los mismos.
FECHA INICIAL:
2006
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
Sí
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO
HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
PLAZO DE EXPURGO:
5 años
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden
HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150721