Identificación
SERIE:
01650 Programas de Orientación: Subvenciones
FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.
Descripción
OBJETO:
Conceder subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo, tanto individuales como grupales, presenciales u online, acciones de motivación y asesoramiento para el autoempleo,
encargar trabajos y estudios técnicos, todo ello dirigido a las personas demandantes de empleo, inscritas en las Oficinas de Empleo del Instituto Aragonés de Empleo.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Servicio de Intermediación. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• Decreto 157/2006, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón para la ordenación de los programas de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo y la regulación de los programas de inserción en el empleo. (vigente hasta
2013).
• Decreto 69/2013, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras de los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para
la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción
TRÁMITE:
Concesión de subvenciones:
-Inicio del procedimiento de concesión de subvenciones mediante concurrencia competitiva a través de la presentación de solicitudes de las entidades beneficiarias dirigidas al Director/a Gerente del Instituto Aragonés e Empleo, acompañada de la
documentación exigida en la convocatoria.
-Valoración de las solicitudes presentadas que realiza una Comisión de Evaluación, órgano colegiado compuesto por personas del Instituto aragonés de Empleo.
-Tras la valoración, el Servicio de Intermediación del Instituto Aragonés de Empleo eleva propuesta de concesión de subvención al Director/a Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, que emitirá resolución de concesión o denegación de
subvención, notificada a las entidades solicitantes.
Contratación de servicios::
Elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas. Presentación de ofertas. Valoración de ofertas. Fase de negociación de las ofertas, si es el caso. Adjudicación y firma de los contratos.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud y documentación que la
acompaña, subsanaciones, resoluciones de concesión o denegación, certificados de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda, copia del documento contable A, D y O y justificantes de notificación.; inicio del
procedimiento de reintegro, en su caso: notificaciones, alegaciones, resoluciones.
Otra documentación que aparece: documentación justificativa de las actuaciones realizadas y de los gastos subvencionados (nóminas, TCs, transferencias bancarias, facturas), junto con los documentos normalizados previstos en la convocatoria.
Contratación de servicios:
Pliegos de prescripciones técnicas y administrativas. Ofertas. Valoración de ofertas. Negociación de las ofertas, si es el caso. Documento de Adjudicación y contratos.
FECHA INICIAL:
2002
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA
ADMINISTRACIÓN:
3 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
3 años
INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Se pueden
destruir los expedientes cuya fecha de pago haya transcurrido más de tres años desde el cierre del programa operativo correspondiente.
- - Expedientes hasta 1999, fecha de expurgo.- 2005
- - Expedientes de 2000 a 2007.- Fecha de expurgo.- Noviembre de 2014
- - Expedientes de 2008 a 2013.- Expurgo.- Tres años desde que se produzca el decreto de cierre del PO Plurirregional.
No obstante aquellos expedientes que tengan abierto un expediente de seguimiento, se retirarán y se guardará hasta que finalicen esos expedientes.
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales
Observaciones
FECHA
DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/473/2016, de 5 de
mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150828