Validación de la Actividad de las Agencias de Colocación
Estás en: Inicio / Archivo de la Administración / Estudios de series documentales

Identificación

SERIE:
01653 Validación de la Actividad de las Agencias de Colocación

FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.

Descripción

OBJETO:
Validar la actividad de las agencias de colocación que tengan centros de trabajo únicamente en la Comunidad Autónoma de Aragón, para realizar actividades de intermediación laboral cuya finalidad es proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades .

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Servicio de Intermediación. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo.
• Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación.
• Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

TRÁMITE:
-Presentación de solicitud de autorización como agencia de colocación (hasta julio de 2014) y declaración responsable para desarrollar la actividad como agencia de colocación (a partir de julio de 2014).
-Dar de alta a la agencia de colocación a través del aplicativo silcoi web, asignando un número de autorización como agencia de colocación (hasta julio de 2014) y un número de agencia de colocación (a partir de julio de 2014).
-Visitas técnicas a los centros de trabajo de las agencias de colocación que desarrollan su actividad en Aragón, realizada por el Servicio de Intermediación del Instituto Aragonés de Empleo, para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones de las agencias de colocación , levantando acta de la visita.
-Extinción (hasta julio de 2014) y declaración de imposibilidad de continuar con la actividad como agencia de colocación ( a partir de julio de 2014) en el supuesto de incumplimiento de obligaciones legalmente establecidas.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud y documentación que la acompaña (hasta julio de 2014), declaración responsable (a partir de julio de 2014), resoluciones de concesión o denegación (hasta julio de 2014), resoluciones de extinción (hasta julio de 2014) o declaración de imposibilidad de continuar con la actividad como agencia de colocación (a partir de julio de 2014) , actas de las visitas, modificación de datos de la agencia de colocación .

FECHA INICIAL:
2011

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No

PLAZO DE EXPURGO:
5 años

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20150828

Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
© Gobierno de Aragón. Todos los derechos reservados.
Edificio Pignatelli. P°María Agustín, 36. 50071 - Zaragoza. Tfno. 976 714 000
Gobierno de Aragón