Identificación
SERIE:
01587 Registro Calificación de Microempresas - Iniciativas Locales Emprendedoras. (MILE)
FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.
Descripción
OBJETO:
Calificar aquellas microempresas - iniciativas locales emprendedoras que independientemente de su forma jurídica reúnan los siguientes requisitos:
• Que la plantilla inicial al constituirse sea inferior a 10 trabajadores.
• Que la facturación prevista durante el primer año de actividad sea inferior a un 2 millones de euros.
• Que se trate de una empresa de nueva creación.
• Que cualquier administración o entidad pública o privada preste su apoyo al proyecto empresarial.
• Que contemple la contratación de trabajadores por cuenta ajena.
• Que reúna condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
• Que la singularidad de los bienes y servicios incorporen elementos innovadores, o que se trate de una actividad económica emergente o que cubra necesidades no satisfechas en el entorno local en el que va a desarrollar la actividad.
ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Dirección Provincial. Subdirección de
Empleo. Sección de PromociónVer evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Ley 9/99 de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos de las empresas calificadas como I+E.
• Decreto 82/2001 de 10 de abril, por los que se aprueban los Estatutos del INAEM.
• Real Decreto 646/2002, de 5 de julio, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
• Orden de 30 de septiembre de 2002, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se adaptan las bases de concesión de subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo para la realización de estudios y campañas para la promoción
local, la contratación de agentes de empleo y desarrollo local y el impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Orden de 20/03/07, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para los proyectos y empresas calificados como I+E.
• Decreto 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el programa emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones reguladas en el mismo para la promoción del empleo de
aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
• Decreto 36/2014, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 111/2012, de 24 de abril, por el que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones
contempladas en el mismo para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
TRÁMITE:
Hasta el año 2002.- Aprobación de bases reguladoras de las subvenciones. Solicitud de los interesados dirigida al Director General de Trabajo junto con la documentación exigida
(certificación de la Administración o entidad colaboradora, memoria justificativa de proyecto empresarial con plan financiero de viabilidad, declaración del promotor de no haber iniciado la actividad empresarial, certificación de la Agencia Estatal
de la Administración Tributaria en la que se acredita que la empresa no figura dada de alta en el I.A.E.), propuesta de resolución del Jefe del Servicio de Economía Social con el conforme del Director General, notificación de la resolución al
interesado.
A partir de 2002.- Aprobación de bases reguladoras y convocatoria anual. Solicitud de los interesados dirigida a los Directores Provinciales del Inaem junto con la documentación exigida, (certificación de la Administración o entidad
colaboradora, memoria justificativa de proyecto empresarial con plan financiero de viabilidad, declaración del promotor de no haber iniciado la actividad empresarial, certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la que se
acredita que la empresa no figura dada de alta en el I.A.E.), resolución de los Directores Provinciales del Inaem, notificación de la resolución al interesado.
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Solicitud, certificación de la Administración o entidad colaboradora, memoria
justificativa de proyecto empresarial con plan financiero de viabilidad, declaración del promotor de no haber iniciado la actividad empresarial, certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la que se acredita que la empresa
no figura dada de alta en el I.A.E. Resolución
FECHA INICIAL:
1999
SERIES RELACIONADAS:
01620 Microempresas - Iniciativas Locales Emprendedoras (MILE): Subvenciones. Sección de Promoción
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
Parcial
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
No
PLAZO DE EXPURGO:
5 años
INFORMACIÓN SOBRE EL
EXPURGO:
Conservacion Permanente del Registro informático.
La información de la base de datos tendrá que conservarse en un formato que permita su uso y explotación posterior acorde con el Catálogo de estándares recogido en la Norma Técnica de Interoperabilidad (Resolución de 3 de octubre de 2012, de la
Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares) manteniendo su autenticidad e integridad.
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden
HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20151022